Violencia contra la mujer

Violencia contra la mujer gy Niclsen-vagos I S, 2016 15 pagcs La violencia contra la mujer es un término aglutinante de todos los tipos de violencia ejercida contra este grupo de personas, siendo a menudo «consecuencia de la discriminación que sufre tanto en leyes como en la práctica, y la persistencia de desigualdades por razones de aunque no toda la violencia contra la mujer puede identificarse solamente por su condición de mujer, por lo que es habitual que exista cierta confusión al respecto. 34 Esta violencia presenta numerosas facetas que van desde la discriminación y el menosprecio hasta la agresión física, sexual o sicológica y el asesinato, manifestándose en diversos ámbitos de la vida social y poltica, entre los que se encuentran la propia familia, la escuela, la I lesia el Estado entre otras. S»ipeto Swipe to page En 1994, en asamble Declaración sobre la en 1999, a propuesta 60 países más, decla Eliminación de la Viol oris nidas aprobó la ia contra la mujer, y ana con el apoyo de fa Internacional de la En febrero de 2008 el Secretario General de Naciones Unidas Ban Ki-moon lanzó la campaña CINETE para poner fin a la violencia contra las mujeres proclamando el 25 de cada mes Día Naranja. Entre otras actividades, en ese día se invita a llevar alguna prenda de ese color para resaltar el llamamiento a erradicar la violencia contra la mujer. Definición) La violencia contra las mujeres a que se refiere la presente Ley, comprende todo acto sexista que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, economico o patrimonial; la coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado. por qué este Día internacional? Debido a que:

La violencia contra la mujer es una violación de los derechos humanos La violencia contra la mujer es consecuencia de la discriminación que sufre, tanto en leyes como en la práctica, y la persistencia de desigualdades por razón de género La violencia contra la mujer afecta e impide el avance en muchas áreas, incluidas la erradicación de la pobreza, la lucha contra el VIH/SIDA y la paz y la seguridad La violencia contra las mujeres y las niñas se puede evitar. La prevención es posible y esencial La violencia contra la mujer sigue siendo una pandemia global. Hasta un 70% de las mujeres sufren violencia en su vida. ¿Cuándo se celebra?

El 25 de noviembre se conmemora cada año el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Se trata de un día en el que pretende que la población tome conciencia de los derechos de la mujer en todo el mundo. Origen El Día de la Eliminación de la violencia contra la Mujer fue declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1999. Esta fecha conmemora el terrible triple asesinato ocurrido el 25 de noviembre de 1960 cuando fueron asesinadas las tres hermanas Mirabal que eran activistas políticas de la República Dominicana, matanza ordenada por el gobernante Rafael Trujillo.

Objetiv OF activistas políticas de la República Dominicana, matanza ordenada por el gobernante Rafael Trujillo. Objetivo El principal objetivo de este dia al igual que el de las Naclones Unidas (ONU) es sensibilizar a la población de uno de los grandes y graves problemas a los que se enfrentan miles de mujeres y niñas cada día. Los gobiernos deben de tomar las medidas adecuadas para que los derechos de las mujeres no sean vulnerados y puedan desarrollarse en un mundo de igualdad.

Formas de violencia) Se consideran formas de violencia de género en contra de las mujeres, las siguientes: Violencia psicológica: Es toda conducta activa u omisiva jercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio. . Acoso u hostigamiento: Es toda conducta abusiva y especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes electrónicos dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar y vigilar a una mujer que pueda tentar contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él. 3.

Amenaza: Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución de un daño físico, psicológco, sexual, laboral o patrimonial de la ejecución de un daño físico, psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto en el contexto doméstico como fuera de él. 4. Violencia fislca: Es toda acclón u omisón que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento isico a la mujer, tales como: Lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física. . Violencia doméstica: Es toda conducta activa u omisiva, constante o no, de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines. . Violencia sexual: Es toda conducta que amenace o vulnere l derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha. 7.

Acceso carnal violento: Es una forma de violencia sexual, en la cual el hombre mediante violencias o amenazas, constriñe a la cónyuge, concubina, persona con quien hace vida marital o mantenga unión estable de hecho o no, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual fuere su clase, or alguna de estas vías. Prostitución forzada: Se entiende por prostitución forzada la 8. acción de obligar a 40F estas vías.

Prostitución forzada: Se entiende por prostitución forzada la acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o medlante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso del poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer.

Esclavitud sexual: Se entiende por esclavitud sexual la privación ilegitima de libertad de la mujer, para su venta, compra, préstamo o trueque con la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual. 10.

Acoso sexual: Es la solicitud de cualquier acto o comportamiento de contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un daño relacionado con as legítimas expectativas que ésta pueda tener en el ámbito de dicha relaclón. 11.

Violencia laboral: Es la discriminación hacia la mujer en los centros de trabajo: públicos o privados que obstaculicen su acceso al empleo, ascenso o estabilidad en el mismo, tales como exigir requisitos sobre el estado civil, la edad, la apariencia física o buena presencia, o la solicitud de resultados de exámenes de laboratorios clínicos, que supeditan la contratación, ascenso o la permanencia de la mujer en el empleo s OF laboratorios clínicos, que supeditan la contratación, ascenso o la permanencia de la mujer en el empleo.

Constituye también iscriminación de género en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual salario por igual trabajo. 12.

Violencia patrimonial y económica: Se considera violencia patrimonial y económica toda conducta activa u omisiva que directa o indirectamente, en los ámbitos público y privado, esté dirigida a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes, así como la perturbación a la posesión o a la propiedad de sus bienes, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, erechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades; limitaciones económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la privación de los medios económicos indispensables para vivir. 13. Violencia obstétrica: Se entiende por violencia obstétrica la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decldir llbremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida de as mujeres. 14.

Esterilización forzada: Se entiende por esterilización forzada, realizar o causar intencionalmente a la mujer, sin brindarle la debida información, sin su consentimiento voluntario e informado y sin que la misma haya tenido j 6 OF sin su consentimiento voluntario e informado y sin que la misma haya tenido justificación, un tratamiento médico o quirúrgico u otro acto que tenga como resultado su esterilización o la pnvación de su capacidad biológica y reproductiva. 15. Violencia mediática: Se entiende por violencia mediática la exposición, a través de cualquier medio de difusión, de la mujer, iña o adolescente, que de manera directa o indirecta explote, discrimine, deshonre, humille o que atente contra su dignidad con fines económicos, sociales o de dominación. 16.

Violencia institucional: Son las acciones u omisiones que realizan las autoridades, funcionarios y funcionarias, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o instituclón pública, que tengan como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las pollticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta Ley para asegurarles una vida libre de violencia. 17. Violencia simbólica: Son mensajes, valores, iconos, signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personasy naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad. 18. Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes: Son todos los actos que implican su reclutamiento o transporte dentro o entre fronteras, empleando engaños, coerción o fuerza, con el propósito de obtener un beneficio de tipo financiero u otro de orden material de carácter ilícito. 19.

Trata de mujeres, niñas y adolescentes: Es la captación, el ransporte, el traslado, la acogida o la recepción de muje niñas y adolescentes: Es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de mujeres, niñas y adolescentes, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza o de otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre mujeres, niñas o adolescentes, con fines de explotación, tales como prostitución, explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o rácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.

ESTUDIOS SOBRE HOMBRES QUE EJERCEN VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Una hipótesis es que el funcionamiento biológico del hombre es distinto al de la mujer, especialmente a la testosterona, y por lo tanto esta mayormente predispuesto a la violencia. Características de un Hombre violento. -Estos hombres suelen representar caricaturas según los mitos culturales de la masculinidad patriarcal, que le indican lo que «debe» ser un hombre. Por ejemplo, aun cuando no lo acepten se manifiestan en formas que tienden a controlar y dominar a cada integrante de a familia de quienes se consideran inferiores, especialmente de las mujeres y los niños. -presentan dificultad para expresar sus sentimientos y lo que les afecta de cada situación; pues esto para ellos es signo de «debilidad», pues su ideología es que el hombre debe ser fuerte, según su concepción. El aislamiento emocional, sus relaciones no tienen ningún grado de intimidad que permita hablar o expresar físicamente sus sentimientos espec ningún grado de intimidad que permita hablar o expresar fisicamente sus sentimientos especialmente el cariño, conflictos afectivos. 32 La mayoría de los hombres que ejercen la violencia contra la ujer en el proceso de su crianza hubo un ambiente de madre sumisa, abnegada y un padre autoritario, manipulador estos crea el ciclo de la violencia intrafamiliar, actualmente la violencia contra la mujer es definida según: Todo acto basado en la pertinencia al sexo femenino que pueda tener como resultado un daño o sufrimiento fisico, sexual y psicológico para la mujer, así como amenazas de tales actos la coacción o la privatización arbitraria a la libertad, tanto si se produce en la vía privada o pública. 3 Consideración actual La violencia contra las mujeres no es exclusiva de ningún istema político o económico; se da en todas las sociedades del mundo y sin distinción de posición económica, raza o cultura. Las estructuras de poder de la sociedad que la perpetúan se caracterizan por su profundo arraigo y su intransigencia. En todo el mundo, la violencia o las amenazas de violencia impiden a las mujeres ejercitar sus derechos humanos y disfrutar de ellos. Amnistía Internacional, Está en nuestras manos. No más violencia contra las mujeres. 34 Fueron las organizaciones feministas en la segunda mitad del siglo XX las que dieron visibilidad plena al problema de la violencia contra la mujer.

Es curioso que en muchos países se confeccionasen estadísticas sobre accidentes de tráfico al tiempo que se ignoraba la incidencia de feminicidios y violaciones, de la misma manera que es curioso que ahora sean noticia los casos d de feminicidios y violaciones, de la misma manera que es curioso que ahora sean noticia los casos de violencia dentro de la pareja con resultado de muerte pero no lo sean otro tipo de muertes no accidentales como son los suicidios ni se analicen las causas que los provocan. En Francia, un artículo de Janna Hanmer, aparecido en la revista Questions Feministes, dirigido por Simone e Beauvoir, se preguntaba por qué no se elaboraban estadísticas sobre la incidencia de la violencia contra la mujer en el seno de la familia; «encontraba la respuesta, precisamente, en que el fenómeno era considerado como un problema particular y no un hecho social». 5 Iberoamérica y el Caribe han sido «una de las regiones del mundo que mayor atención ha prestado a la lucha contra la wolencia hacia la mujer», mostrándose especialmente activa en la consolidación de redes sociales, sensibilizando a los medios de comunicación, adquiriendo compromisos institucionales y legislando para erradicar un problema que afecta l 50% de la población mundial limitando y conculcando sus más elementales derechos humanos. 36 En aquellos tiempos costó hacer ver que las agresiones hacia las mujeres no eran producto de momentos de frustración, tensión o arrebatos, contingencias de la vida en común; sino que eran consecuencia de los intentos de mantener la subordinación de la mujer, de la consideración ancestral de la mujer como un objeto propiedad del hombre; y, por lo tanto, deberían dársele una consideración especial. 35 1975-1985 se declaró Decenio de la Mujer. Especial importancia tuvo la celebración del Tribunal Internacional de Crímenes contra I