Tipos de estados

Derecho internacional público: •Según doctor Mariano Aguilar Navarro: 1- basado en la especialidad de los sujetos: El derecho internacional público es el conjunto de reglas que determinan los derechos y los deberes respectivos de los estados en sus mutuas relaciones (benfils, Fauchille, Anzilotti, Martens y otros). 2-en el cual el elemento asociados es la fuente o generación de las normas que dan nacimiento al derecho Internacional público. «Se reduce a las relaciones de los estados y es el producto de estos mismos estados» (Barquín y Lorimer) 3- se hace énfasis en el carácter socioló ico de la vida internacional.

OF4 «Principios jur[dicosq va _ ‘Vip next pase responden a un esqu a de •Según Francisco Má y versal y que (Bustamante Seelle) Derecho internacional público «es el conjunto de principios delimita los derechos de los estados y regula sus deberes. » En resumen puede decirse, que el conjunto de principios jurídicos que limitan los derechos y regula los deberes de los estados es esencialmente lo que entendemos por derecho internacional público. •según Dr. Fermín Toro Jimenez.

Derecho internacional público «es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre los sujetos de derecho internacional público. •según Daniel Guerra Iñiguez: derecho internacional público «constituye un grupo de norma heterogéneas, tanto por la Índole de los sujetos destinatario, como por la forma de su creación y el fin mismo que se propone. Por consiguiente, un idea más precisa, sería proporcionada por la descripción de su contenido. » Tipos de estados: a) Estados simples: •Estados unitarios. ) Estados compuestos: •unión personal •unión real: dos estados se unen pero permanecen autónomos. • Confederación: varios estados unidos para depender intereses comunes. • Federación: unión de estados con autonomía total. ??Commonwealth. Reconocimiento: •De estado: cuando nace un nuevo estado, para que forme parte de la comunidad internacional. •De Gobierno: cuando se instala en un estado en un gobierno de facto es necesario el reconocimiento para que este gobierno sea legitimado como representante de dicho estado. -Puede ser Expreso (nota diplomática) o tácito. Es Unilateral (un solo estado) o colectivo (varios estados ). •Reconocimiento: Se entiende por reconocimiento, bien sea de estado o de gobierno, al acto mediante el cual se acepta como miembro de la comunidad internacional a los nuevos estados, o a os gobiernos de hecho que se hayan establecido en los estados. Como consecuencia, el resultado ultimo del reconocimiento es la aceptación y convalidación jurídica de una situación de hecho, es decir, la aceptación de un nuevo estado o de un nuevo gobierno de hecho Derecho Internacional público: Según Daniel Guerra Márquez.

El derecho internacional público constituye un grupo de nor 2 relaciones entre los suieto , Que regulan la internacional público sin regulan la relaciones entre los sujetos del derecho Internacional público sin embargo, ese conjunto está constituido por norma eterogéneas, tanto con la índole de los sujetos que son destinatarios, como por la forma de su creación y el fin mismo que se propone, por consiguiente un idea más precisa seria dada por la descripción de su contenido.

División del derecho internacional publico: 1) División clásica: a-derecho internacional público en tiempo de guerra. b-derecho internacional público en tiempo de paz. «De Cure belli ac pacis» 2) •Derecho internacional público natural: es aquel derecho que emana de la naturaleza misma. Es la relación que existe entre la noticia y la moral. Es algo que no está escrito pero existe. Ej: derecho a la vida. Derecho a proporcionar alimentos a los privados de libertad. •Derecho Internacional público positivo.

Y creado por el ser humano (todo lo que pase en la Asamblea Nacional) Es el derecho estricto. 3) según Antonio Sánchez Bustamante y sirven divide el derecho internacional en la siguiente: a) derecho internacional público constitucional. b) Derecho internacional público administrativo. c) Derecho internacional público civil. d) Derecho internacional público penal. e) Derecho internacional público procedimental. • Constitucional: si ocupa del nacimiento, formación y extinción e las personas juridicas internacionales. Las Organizaciones internacionales también. ?? Administrativo: son el conjunto de actos (administrativos) que realiza las diversas personas en el derecho internacional público. s jurídi • Civil: son actos que hace 3 personas en el derecho internacional público. • Civil: son actos que hacen las personas jurídicas internacionales cuando actúan como un civil mas. E]: cuando en el suelo le compró aviones a Rusia. Cuando el presidente alquila un avión cubano para trasladarse al exterior. • Penal: Son las sanciones que se le aplican a las diferentes ersonas jurídicas internacionales cuando violan las leyes. ?? Procedimental: Es el conjunto de actos que realizan los estado es el conjunto de actos que realizan los estados referente a sus controversia contenciosa o no por ante Las organizaciones internacionales e organismo judiciales. •Fundamento del derecho internacional público: 1- de fauchille: Son creaciones los estados de los humanos, ya que son gregarios. Se basa en una comunidad de estados independientes y desarrollados y se somete a una serie de normas (dip). 2- de las nacionalidades: E Mancinl- profesor. Es una teoría.

Los estados son base importante para el derecho internacional pero también tiene que considerar Las nacionalidades (lo era por fin político) porque Italia no era tomada en cuenta. 3- teoría de la relación de la justicia internacional: el derecho internacional público tiene como visión realizar la justicia en el medio internacional. Cuando el derecho internacional público cumple con su función especifica de realizar un Tiziano entre las naciones el derecho se afirma, se consolida; cuando el derecho internacional público se desconoce Y viola, el derecho se desprestigia o se anula.