Odontopediatria Ugma

Definición: La odontopediatría es la rama de la odontología encargada de tratar a los niños. El odontopediatra será, por tanto, el encargado de explorar y tratar a niños y recién nacidos. También se encarga de detectar posibles anomalías en la posición de los maxilares o dientes para remitir al ortodoncista, y de hacer un tratamiento restaurador en caso de necesitarlo.

El tratamiento restaurador principalmente se compone de tratar los traumatismos, usar selladores, que consiste en obturar levemente los surcos y fisuras de las piezas dentales sin apenas quitar material dental ara evitar posibles caries, y en tratar las caries producidas y sus consecuencias.

Perspectiva histórica de la Odontopediatria (Mundial/VenezueIa) La historia de la especialidad se remota a los años 20 del siglo XX cuando Gies público do de la educación OF6 dental en los Estado id c ó que de 43 p facultades que existí Dara instalaciones adecua Para el año 1935 exis 5 de ella tenían os, ocho programas más de posgrados en Odontología pediátrica ,fue entonces cuando la profesión odontológica comenzó a cambiar la orientación empírica por una orientación más científica y biológica urante los siguientes 20 años (1936-1960) Antes de 1945 la Odontología pediátrica era llevada a cabo por odontólogos generales que no tenían entrenamiento formal en la espacialidad, pero que con dedicación lograban poner un estándar Swipe to kdew next page estándar alto de la atención dental para niños El primer texto dedicado exclusivamente a la atención odontológicas de niños , fue publicado en 1924 por el Dr. F.

Hogeboom (practical pedodontia orjuvenil e operative dentistryan pubbilc health dentistry) Como organización esta especialidad tuvo la primera reunión en 91 6 pero el intres en esta asociación disminuyo rápidamente y fue en 1927 cuando el Dr Walter mcbride y e Dr Samuel D Harris la reorganizaron de nuevo y con el nombre «Amenrican society for the promotion of dentistry of children » En 1940 se cambio el nombre por American society of dentistry for children «ASDC» La academia americana de odontología pediátrica fue en 1948 y estaba dirigida exclusivamente a odontólogos con estudios de posgrados en la especialidad El journal of detistry for children que pertenec[a a ASDC y el journal for pediatnc dentistry que pertenecía a AAPD , y el cual precio por primera vez en 1979 En 2004 la ASDC fue absorbida por la academia americana de odontología pediátrica y actualmente son una sola asociación La otra organización que agrupa la espacialidad es la International Association of dentistry for children .

Esta agrupación nación en 1969 y su objetivo principal es reunir a todos los odontopediatristas de mundo por medio de las organizaciones locales En Latinoamérica, la especialidad se demoró unos años más en consolidarse como tal ,porque los primeros especialistas llegados de los Estados Unidos solo podían impartir educación de osgrados En Europa el primer país en enseñar la Odontopediatría como una asignatu En Europa el primer país en enseñar la Odontopediatría como una asignatura aparte fue noruega, y lo inicio en 1924, ademásestableció un departamento separado de odontopediatria y prevención de caries en 1931 -La creación de los programas de salud pública obligo a que se departamentos separados En el año 1982 apareció el programa de posgrado en Odontopediatria y ortodoncia preventiva, ofrecido por la universidad de CES En 1992 renace el interés en una agremiación a los especialistas, y ació la academia colombiana de odontología pediátrica En 2008 cuenta con más de 150 miembros FUTURO Los retos que enfrenta la espacialidad siguen estando relacionados con las enfermedades que trata, las caries dental sigue teniendo una alta prevalencia en la población infantil latinoamericana y especializadas, aún se enfrenta con el problema de manejo de ña enfermedad día a día Interrelación con otras disciplinas Se considera la práctica de odontopediatria no solo como sistema integral si no a la vez integrador relacionándose con otras áreas e conocimiento que tiene que ver con la mejora de la calidad de vida del individuo Para un clínico integral capaz de atender la mayor parte de las necesidades de los niños se necesita conocer a fondo las técnicas de prevención de la operatoria dental, endodoncia, crecimiento y desarrollo y prótesis así como conocer los cambios emocionales y de maduración Pasado, presente, futuro Durante los últimos años, los odontólogos más conscientes de los problemas de mal oclusión y de los métodos para interceptar y corregir problemas a tempr 3 onscientes de los problemas de mal oclusión y de los métodos para interceptar y corregir problemas a temprana edad. Se recomendaba para la primera consulta de que el niño tuviera tres años de edad presente Hoy en día los niños sienten menos temor por el odontólogo que antes, gracias a la incorporación de los padres a la educación preventiva a través de las escuelas y comunidades.

Se sugirió llevar al niño antes de cumplir el primer año de vida, al madurar la profesión en el área de la Odontopediatría preventiva Futuro En un futuro si queremos alcanzar a muchas poblaciones esasistidas debemos desarrollar políticas de atención integral que lleguen a esos grupos involucrado mas a la comunidad familia y entes gubernamentales Hoy en día nunca es demasiado pronto para empezar un plan preventivo y se recomienda comenzarlo muchos antes de ser concebido ese nuevo ser. Bioética -Bioética general Códigos médicos Derecho nacional e internacional Norma de odontológicas -Bioética especial Modelos de asistencia sanitaria Relación entre profesional de la salud y enfermo Bioseguridad -universalidad Respeto de normas Toma de precauciones

Medidas básicas -barrera Uso de implementos Contacto con fluidos -eliminación de material Mecanismo de eliminación asegurar la sobrevivencia y el desarrollo integral de todos los niños y adolescentes. Artículo 420 Responsabilidad de los Padres, Representantes o Responsables en Materia de Salud. Los padres, representantes o responsables son los garantes inmediatos de la salud de los niños y adolescentes que se encuentren bajo su patria potestad, representación o responsabilidad. En consecuencia, están obligados a cumplir las instrucciones y controles médicos ue se prescriban con el fin de velar por la salud de los niños y adolescentes. Artículo 480 Derecho a Atención Médica de Emergencia.

Todos los niños y adolescentes tienen derecho a recibir atención médica de emergencia Derecho de protección especial Artículo 61 0 Educación de Niños y Adolescentes con Necesidades Especiales. El Estado debe garantizar modalidades, reg[menes, planes y programas de educación específicos para los niños y adolescentes con necesidades especiales. Asimismo, debe asegurar, con la actividad participación de la sociedad, el disfrute fectivo y pleno del derecho a la educación y el acceso a los servicios de educación de estos niños y adolescentes. El Estado debe asegurar recursos financieros suficientes que permitan cumplir esta obligación Art[culo 680 Derecho a la Información.

Todos los niños y, adolescentes tienen derecho a recibir, buscar y utilizar todo tipo de información que sea acorde con su desarrollo y a seleccionar libremente el medio y la ‘nformación a recibir, sin más límites que los establecidos en la Ley y los derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representan 5 os derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables Derecho al desarrollo que corresponden a sus padres, representantes o responsables políticas y programas de prevención contra el uso ilícito de sustancias alcohólicas, estupefacientes y Psicotrópicas. Asimismo, debe asegurar programas permanentes de atención especial para la recuperación de los niños y adolescentes dependiente y consumidores de estas sustancias. Artículo 320 Derecho a la Integridad Personal.

Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, psíquica y moral. Parágrafo Primero: Los niños y adolescentes no pueden ser sometidos a torturas, ni a otras penas o tratos, crueles, inhumanos o degradantes, Parágrafo Segundo: El Estado, la familia y la sociedad deben proteger a todos los niños y adolescentes contra cualquier forma de explotación, maltratos, torturas, abusos o negligencias que afecten su integridad personal. El Estado debe garantizar programas gratuitos de asistencia y atención integral a los niños y adolescentes que hayan sufrido lesiones a su integridad personal.