Nif 6

Nif6 gy Ycarimzita 110R5pR 15, 2011 gpagcs NIIF6 Norma Internacional de Información Financiera 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales Objetivo 1 El objetivo de esta NIIF es especificar la información financiera relatlva a la exploración y evaluación de recursos minerales. En particular, la NIIF requiere: ejoras limitadas en las prácticas contables existentes para los desembolsos por exploración y evaluación; ue las entidades que reconozcan activos para exploración y evaluación realicen una comprobación de su deterioro del valor de acuerdo con esta NIIF midan cual uier deterioro de acuerdo on la NIC 36 Deterio org to View nut*ge evelar información q iden los importes que en los estados financ n de la exploración y evaluación de recu e a los usuarios de esos estados financieros a comprender el importe, calendario y certidumbre de los flujos de efectivo futuros de los activos para exploración y evaluación que se hayan reconocido. Alcance 3 Una entidad aplicará esta NIIF a los desembolsos por exploración y evaluacion en los que incurra. 4 La NIIF no aborda otros aspectos relativos a la contabilización de las entidades dedicadas a la exploración y evaluación de ecursos minerales. Una entidad no aplicará la NIIF a los desembolsos en que haya incurrido: ntes de la exploración y evaluación de los recursos minerales, determinada; espués de que sean demostrables la factibilidad técnica y la viabilidad comercial de la extracción de un recurso mineral. Reconocimiento de activos para exploración y evaluación Exención temporal relativa a los párrafos 11 y 12 de la NIC 8 6 Al desarrollar sus políticas contables, una entidad que reconozca activos para exploración y evaluación aplicará el párrafo 10 de la NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores. 7 Los párrafos 11 y 12 de la NIC 8 establecen las fuentes de la jerarquía normativa, asi como las guias que la dirección está obligada a considerar al desarrollar una política contable para una partida, cuando ninguna NIIF sea aplicable específicamente.

Supeditado a lo dispuesto en los párrafos 9 y 10 siguientes, esta NIIF exime a una entidad de aplicar los párrafos citados de la NIC 8 a sus políticas contables para el reconocimiento y la medición de los activos para exploración y evaluación. O IASCF Al NIIF 6 A2 C IASCF Medición de activos para exploración y evaluación Medición en el momento del reconocimiento 8 Los activos para exploración y evaluación se medirán por su costo. Elementos del costo de los activos para exploración y evaluación g La entidad establecerá una politica contable que especifique qué desembolsos se reconocerán como activos para exploración y evaluación, y aplicará dicha política de forma coherente. Al establecer esta poltica, una entidad considerará el grado en el que los desembolsos puedan estar asociados con el descubrimiento de recursos minerales específicos.

Los siguientes on ejemp con el descubrimiento de recursos minerales específicos. Los siguientes son ejemplos de desembolsos que podr(an incluirse en la medición inicial de los activos para exploración y evaluación (la lista no es exhaustiva): dquisición de derechos de exploración; studios topográficos, geológicos, geoquímicos y geofísicos; erforaciones exploratorias; xcavaciones de zanjas y trincheras; oma de muestras; y ctividades relacionadas con la evaluación de la factibilidad técnica y la viabilidad comercial de la extracción de un recurso mineral. 10 Los desembolsos relacionados con el desarrollo de los ecursos minerales no se reconocerán como activos para exploración y evaluación.

El Marco Conceptual y la NIC 38 Activos Intangibles suministran guías sobre el reconocimiento de actlvos que surjan de este desarrollo. 11 De acuerdo con la NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes, una entidad reconocerá cualquier obligación en la que se incurra por desmantelamiento y restauración durante un determinado periodo, como consecuencia de haber llevado a cabo actividades de exploración y evaluación de recursos minerales. Medición posterior al reconocimiento 2 Después del reconocimiento, la entidad aplicará el modelo del costo o el modelo de la revaluación a los activos para exploración y evaluación.

Si se aplicase el modelo de la revaluación (ya sea el contenido en la NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo o el modelo contenido en la NIC 38), se a coherente con la 31_1f8 clasificación de los activos rafa 15). forma coherente con la clasificación de los activos (véase el párrafo 15). Cambios en las políticas contables 13 una entidad puede cambiar las pollticas contables aplicadas a los desembolsos relacionados con la exploración y evaluación, si l cambio hace que los estados financieros sean más relevantes a los efectos de toma de decisiones económicas por los usuarios sin mermar su fiabilidad, o si los hace más fiables y no disminuye su relevancia para la adopción de decisiones. Una entidad juzgará la relevancia y la fiabilidad empleando los criterios de la NIC 8.

NllF 6 14 Para justificar cambios en las políticas contables aplicadas a los desembolsos por exploración y evaluación, una entidad demostrará que el cambio aproxima sus estados financieros a los criterios de la NIC 8, sin que sea necesario que el cambio en uestión cumpla por completo con esos criterios. Presentación Clasificación de activos para exploración y evaluación 15 Una entidad clasificará los activos para exploración y evaluación como tangibles o intangibles, según la naturaleza de los activos adquiridos, y aplicará la clasificación de forma coherente. 1 6 Algunos activos para exploración y evaluación se tratan como intangibles (por ejemplo, los derechos de perforación), mientras que otros son tangibles (por ejemplo, vehículos y equipos de perforación).

En la medida en que se consuma un activo tangible ara desarrollar un activo intangible, el importe que refleje ese consumo será parte del costo del activo intangible. Sin embargo, el uso de un activo tangible para desarrollar un activo intangible no transforma a dicho activo tang no transforma a dicho activo tangible en intangible. Reclasificación de los activos para exploración y evaluación 17 Un activo para exploración y evaluación dejará de ser clasificado como tal cuando la fiabilidad técnica y la viabilidad comercial de la extracción de un recurso mineral sean demostrables. Antes de proceder a la reclasificación, se evaluará l deterioro de los activos para exploración y evaluación, debiéndose reconocer cualquier pérdida por deterioro de su valor.

Deterioro del valor Reconocimiento y medición 18 Se evaluará el deterioro del valor de los actlvos para exploración y evaluación cuando los hechos y circunstancias sugieran que el importe en libros de un activo para exploración y evaluación puede superar a su importe recuperable. Cuando esto suceda, la entidad medirá, presentará y revelará cualquier pérdida por deterioro del valor resultante de acuerdo con la NIC 36, excepto por lo dispuesto en el párrafo 21 siguiente. 9 Al identificar si se ha deteriorado un activo para exploración o evaluación, y sólo para este tipo de activos, se aplicará el párrafo 20 de esta NIIF en lugar de los párrafos 8 a 17 de la NIC 36. El párrafo 20 emplea el término «activos», pero es aplicable por igual tanto a los activos para exploración y evaluación independientes como a una unidad generadora de efectivo. 0 Uno o más de los siguientes hechos y circunstancias indican que la entidad debería comprobar el deterioro del valor de los activos para exploración y evaluación (la lista no es exhaustiva): I término duran los activos para exploración y evaluación (la lista no es exhaustiva): I término durante el que la entidad tiene el derecho a explorar en un área específica ha expirado durante el período, o lo hará en un futuro cercano, y no se espera que sea renovado. O IASCF A3 NIIF 6 IASCF o se han presupuestado ni planeado desembolsos significativos para la exploración y evaluación posterior de los recursos minerales en esa área específica. exploración y evaluación de recursos minerales en un área específica no han conducido al descubrimiento de cantidades omercialmente viables de recursos minerales, y la entidad ha decidido interrumpir dichas actividades en la misma. xisten datos suficientes para indicar que, aunque es probable que se produzca un desarrollo en un área determinada, resulta improbable que el importe en libros del actlvo para exploración y evaluación pueda ser recuperado por completo a través del desarrollo exitoso o a través de su venta. En cualquiera de estos casos, o en casos similares, la entidad comprobará el deterioro del valor de acuerdo con la NIC 36. Cualquier pérdida por deterioro se reconocerá como un gasto de cuerdo con la NIC 36.

Especificación del nivel al que se evalúa el deterioro de los activos para exploraclón y evaluación 21 Una entidad establecerá una política contable para asignar los activos para exploración y evaluación a unidades generadoras de efectivo o grupos de unidades generadoras de efectivo, con la finalidad de comprobar si t an sufrido un deterioro en su valor. Ninguna unida a de efectivo, comprobar si tales activos han sufrido un deterioro en su valor. Ninguna unidad generadora de efectivo, o grupo de unidades a las que se impute un activo de exploración y evaluación podrá ser ayor que un segmento de operación determinado de acuerdo con la NIIF 8 Segmentos de Operación. 2 El nivel identificado por la entidad, a los efectos de comprobar si el valor de los activos para exploración y evaluación se ha deteriorado, puede comprender una o más unidades generadoras de efectivo. Información a revelar 23 Una entidad revelará la información que permita identificar y explicar los importes reconocidos en sus estados financieros que procedan de la exploración y evaluacón de recursos minerales. 24 Para cumplir lo dispuesto en el párrafo 23, una entidad revelará: s políticas contables aplicadas a los desembolsos relacionados con la exploración y evaluación, incluyendo el reconocimiento de activos por exploración y evaluación. s importes de los activos, pasivos, ingresos y gastos, así como los flujos de efectivo por actividades de operacón e inversión, surgidos de la exploración y evaluación de recursos minerales. 25 La entidad tratará los activos para exploración y evaluación como una clase de activos independiente y efectuará las revelaciones requeridas por la NIC 16 0 la NIC 38, según cómo haya clasificado los activos. NllF 6 Fecha de vigencia 26 Una entidad aplicará esta NIIF en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2006. Se aconseja su aplicación anticipada. Si la entidad aplicase la NIIF para un periodo que comience antes del 1 de anticipada.

Si la entidad aplicase la NIIF para un periodo que comience antes del 1 de enero de 2005, revelará este hecho. Disposiciones transitorias 27 SI fuera impracticable aplicar un requerimiento concreto del párrafo 18 a la información comparativa que se refiera a períodos anuales que comiencen antes del 1 de enero de 2006, la entidad evelará este hecho. En la NIC 8 se explica el significado del término «impracticable» O IASCF A5 NIIF 6 A6 C IASCF Apéndice A Definiciones de términos Este Apéndice forma parte integrante de la NIIF. activos para exploración y evaluación (exploration and evaluation assets) I Desembolsos relaclonados con la exploraclón y evaluaciónreconocidos como activos de acuerdo con la política contable dela entidad. esembolsos relacionados con la exploración y evaluación (exploration and evaluation expenditures) Desembolsos efectuados por una entidad en relación con laexploración y la valuación de recursos minerales, antes de que se pueda demostrar la factibilidad técnica y la viabilidadcomercial de la extraccion de recursos minerales. exploración y evaluación de recursos minerales (exploration for and evaluation of mineral resources) La búsqueda de recursos minerales, incluyendo minerales,petróleo, gas natural y recursos similares no renovables,realizada una vez que la entidad ha obtenido derechos legalespara explorar en un área determinada, así como la determinaciónde la factibilidad técnica y la viabilidad comercial de laextracción de recursos minerales. 81_1f8