Las personas jurídicas de derecho público. ay BELOVEDJN314 02, 2010 7 pases ORIGEN Y CONCEPTO DE ESTADO En sus principios, se fue elaborando incipientemente de una forma de organización socio-político que se ha ido perfeccionando adquiriendo complejidad y diversidad en su estructura según las necesidades y particularidades que gracias a la interacción que ejercen las personas y las épocas como partes de una sociedad que se encuentra en constante evolución. Dando paso al surgimiento del Estado como hoy se le reconoce e identifica.
Dentro de los factores de influencia en la evolución del estado omo tal, Se encuentran: la desaparición de anteriores formas de organización políticas, la necesidad de una organización que respondiera a los ca or7 El factor primordial e ado es el derecho ya que, es quien fija ibuúb statales; establece ent mecanismos de acci nducentes con respecto de los comunidad estableciendo bases para su interrelación El concepto de estado que acepta la lectura es el de Jellinek que dice: corporación formada por un pueblo dotada de un poder de mando originario y asentada en un determinado territorio.
Para su análisis se distinguen los elementos de: Pueblo. Son las personas que integran el estado Territorio. Es la extensión territorial que comprende el ámbito de aplicación de las normas competencia del estado Poder. Es la capacidad del estado de imponer su voluntad a través de las normas jurídicas dándole carácter obligatorio a reserva de usar la fuerza públic SWipe 10 pública. La personalidad jurídica del estado cuenta con elementos que le integran y para la comprensión se explican los siguientes términos: Persona jurídica. Es aquella a la que el estado le concede la capacidad de ser titular de derechos y obligaciones.
Clasificación de las personas jurídicas Físicas. El ser humano titular de derechos y obligaciones ante el estado. Morales. Es la unión de individuos reconocida por el estado para ser titular de derechos y obligaciones de manera independiente a sus integrantes. Como aspecto concluyente, el reconocimiento del estado como persona jurídica; se lo otorga el orden legal; mismo que le reconoce su capacidad de ser sujeto de derechos y obligaciones; para sentar bases de carácter jurídico a fin de que esta organización política prevalezca en el contexto de una egislación propia que le limita y faculta para su ejercicio y buen funcionamiento.
El Estado es un ente jurídico conformado por una legislatura propia que a su vez se somete a la legislación federal cuando en razón de competencia así lo dicte la norma suprema. La personalidad jurídica otorgada por el estado, a través de su orden legal como ya se menciono anteriormente. y como facultad que la sociedad confiere; entre otras, la regulación de las conductas de sus habitantes en razón de su competencia. Manifestando su voluntad a través de su principio de supremacía.
Lo cual le da egitimidad a su derecho de decidir sobre los conflictos surgidos en consecuencia de su desarrollo como tal. Es primordial a dicho poder supremo que su ejercicio logre la armonía que permite que funcione correctamente y de so supremo que su ejercicio logre la armonía que permite que funcione correctamente y de soporte a las Instituciones que le conforman en favor de sus habitantes. Que es la potestad que tiene de arbitrar en forma veraz y definitiva sobre el Estado.
Es decir, el resto de las personas en determinada extensión territorial considerando los términos ofrecidos se puede severar que la supremacía del Estado es la voluntad general perteneciente de manera exclusiva al pueblo, expresada por los representantes y gobernantes. Se han planteado teorías que ubican al estado ejerciendo dos personalidades o bien, como un ente con dos voluntades. Esto; con el interés de explicar el apego del mismo a las normas que regulan las actividades entre particulares como es el caso de prestación de servicios; También considerando una sola personalidad que actúa según la situación.
Se ha entrado en contienda ya que; se ha buscado la división entre el derecho úblico y el privado; Kant participo y amplio este sistema al que se le opone la teoría que nos dice que toda la norma es pertenece al derecho público por que proviene del estado. Los órganos que integran al estado son las personas jurídicas de derecho público cuya finalidad responde al interés de orden público; con capacidad de ser sujetos de derechos y obligaciones. Las características que les distinguen son: Capacidad. Se limita al territorio que le corresponde y para cumplir con el fin determinado para el cual fueron instituidos.
Patrimonio. Son los recursos de los que disponen para el fin erseguido. Objeto. Las facultades, tareas y limites para cumplir con los fines que per fin perseguido. que persigue de acuerdo con la norma, que pueden tener un tiempo determinado de duracón; dependiendo de cada persona jurídica de derecho público. Específicamente en México se les confiere personalidad jurídica a órganos descentralizados, sociedades mercantiles de estado, entre otros, Sin dejar de lado que para el estado la persona de derecho público es moral.
Según los visto se entiende al estado como la estructura jurídica; a los órganos que le componen como gobierno que son las ersonas jurídicas del derecho público; y quienes hacen uso de la personalidad jurídica del estado. El proceso histórico por el cual se origino el estado nos muestra una estructura moderna de organización. Sin embargo, el gobierno ha existido desde el principio ya que las sociedades antiguas debían de administrarse y designar a alguien que ostentara el poder para mantener el orden en la comunidad.
Actualmente se consideran dos tipos de estado federal y central o unitario. El federal es el creado a partir de la sujeción de estados que en un pnncpio eran autónomos. Y el central por el contrario; no está integrado como estado federal por lo que consewa la soberanía de manera unificada. Los tipos de gobierno. A lo largo de la historia se han conocido diferentes tipos de gobierno como: la monarqu[a, la autocracia y la teocracia. Los que hoy siguen vigentes son el régimen presidencial y el parlamentario.
El parlamentario: se puede decir que es la evolución de monarquía absoluta a una monarquía constitucional; el parlamento es una asamblea confo evolución de monarquía absoluta a una monarquía constitucional; el parlamento es una asamblea conformada or personas representantes de diversos estratos sociales con funciones legislativas, de elección de funcionanos que regularmente son los miembros de la asamblea; los cuales son removidos a conveniencia del parlamento.
Régimen presidencial: Este gobierno no depende de un parlamento sino de un representante que es el presidente; quién tiene ciertas facultades para resolver en pro de su país; elegido por el pueblo directamente o a través de representantes del mismo. Formas de estado y gobierno del estado mexicano. La constitución política del estado mexicano se reconoce a sí isma en su artículo 40 como una federación; estableciendo que esta compuesto por estados libres y soberanos en lo que respecta a su legislación interna pero, unidos en una federación.
La constitución política del estado mexicano declara un régimen presidencial; reconociendo un poder supremo que para su ejercicio se divide en legislativo, ejecutivo y judicial. El presidente ejerce derechos de jefe de estado y de gobierno, cumpliendo con los actos protocolarios que implica. En México la competencia es un requisito que se deriva de la capacidad legitimada para actuar; esta limitación que écnicamente se denomina jurisdicción está contenida en el artículo 16 constitucional.
La constitución establece ámbitos de competencia en federal, estatal y municipal; cada uno cuenta con funciones definidas según lo dicta la norma. Lo relativo a la competencia federal se encuentra en el artículo 124 constitucional que expresa que las facultade competencia federal se encuentra en el artículo 124 constitucional que expresa que las facultades que no son otorgadas a los funcionarios federales esta reservada a los estados.
El ejercicio de las facultades del gobierno federal se istribuyen en el poder ejecutivo representado por el presidente de la republica; el poder legislativo representado por el congreso de la unión y el poder judicial; IOS artículos 73, 74, 76, 89, 103 y 106 contienen las disposiciones relativas a los asuntos de competencia del gobierno federal como: la defensa nacional, instituciones de banca y crédito, comunicaciones y transportes, controversias inconstitucionales, etc.
La competencia local o de las entidades federativas La competencia de estos está delimitada por su terntorio, las materias concurrentes en las que tanto la federación como las ntidades regulan es la educación, conflictos laborales, entre otras. Competencia municipal También delimitado en base a su territorio y las leyes locales que le confieran facultades y competencia en razón de materia; es de la administración municipal el agua potable, alumbrado, parques, tránsito vehicular, etc. Y lo conducente según el artículo 115 constitucional.
Funciones del estado. Como parte del estudio del derecho administrativo se encuentran expresiones comunes como: fines del estado, que son: el lograr un bien común, satisfacer necesidades colectivas, alcanzar la usticia social, entre otras y atribuciones: son tareas que el estado se reserva su uso para alcanzar los fines; por ejemplo: preservar el ambiente, regular la actividad económica, etc. Las funciones del estado son las ejemplo: preservar el ambiente, regular la actividad económica, etc.
Las funciones del estado son las facultades de este para lograr los objetivos. Siendo el medio que usa el poder público para realizar sus cometidos y cumplir los fines para los cuales fue creado. Las funciones del estado se llevan a cabo a través de los órganos egislativo que le corresponde la función legislativa; ejecutivo con la función administrativa y judicial con la función jurisdiccional. Los actos emitidos por los órganos del estado conocidos como actos del poder público se clasifican considerando tres criterios: Orgánico.
Se tiene en cuenta solamente al ente que realiza la función y no la naturaleza del acto. Por ejemplo: el acto que realiza el poder ejecutivo medlante una dependencia o entidad, es orgánicamente administrativo. Formal. Se refiere al procedimiento para realizar el acto que corresponde con la descripción del órgano que lo emite. Material. Este procura precisar la naturaleza o esencia del acto emitido y ubicarlo dentro de una de las funciones del estado: legislativa, ejecutiva o judicial.
En el derecho mexicano existen variantes en las que los órganos emiten actos distintos a los originarios de su función. Por ejemplo: Poder legislativo: actos administrativos. Como fiscalizadora del empleo del presupuesto de egresos. Poder ejecutivo: actos legislativos. Al emitir leyes de urgencia en acuerdo al artículo 29 constitucional. Poder judicial: actos administrativos. Designación de jueces de distrito y magistrados de circuito.