INFORME RETIRADO en la Cámara donde denunciaba

No obstante, si bien es cierto que el Movimiento Cooperativo puertorriqueño ha realizado una magna gesta en nuestra historia, también es cierto que nos queda mucho camino por recorrer para maximizar la integración del Movimiento Cooperativo, mediante el desarrollo y onsolidación de los organismos adecuados y la formulación de un proyecto común que represente un verdadero agente de cambio y transforme e incida positivamente en la problemática socioeconómica de Puerto Rico. ara ello, es vital determinar cuáles son las necesidades del Movimiento Cooperativo, la efectividad y funcionamiento de sus organismos y la necesidad de enmendar y promulgar nueva legislación, de manera que podamos atemperar nuestra realidad socioeconómica con la legislación cooperativa.

De esta forma, podremos lograr que la legislación cooperativa sea efectiva en su aplicación y que represente una solución eal y posible para resol 84 problemas, mediante la in licación de la Doctrina Co Igualmente es importante concluir qué procede hacer para lograr una mayor integración y promoción del Cooperativismo en nuestra sociedad, de manera que se considere en todo momento como una alternativa seria y viable para resolver todo ti po de situación.

INTRODUCCION El pasado 9 de mayo del corriente, la Cámara de Representantes aprobó un primer informe parcial sobre la presente medida. En dicho primer informe parcial dimos cuenta de los sucesos que rodearon la abrupta salida del CPA José González Torres de la Presidencia de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas, en adelante «COSSEC», el pasado 6 de diciembre de 2010.

De acuerdo a la información que trascendió públicamente, el pasado 6 de diciembre de 2010, el CPA José González Torres presentó su renuncia como Presidente Ejecutivo de la COSSEC ante la Junta de Directores de dicha corporación pública. Posterior a ello, González Torres ventiló en diversos medios de comunicación de Puerto Rico que su renuncia se debió a las múltiples presiones que recibió del Presidente de la Junta y Comisionado de CDCOOP, Melvin Carrión, del asesor legal de COSSEC, Lcdo. ngel Cintrón y de otros funcionarios públicos y personas externas a ambas entidades.

Ver Anejo 1 Sus denuncias, propiciaron 3 84 que la Cámara de Repre Puerto Rico, por ésta Comisión que las presiones indebidas que recibió mientras fungía como Presidente Ejecutivo de COSSEC comenzaron a concretarse luego de haber rechazado una transacción que tenía como finalidad que se aprobara la compra de activos morosos bajo la cooperativa de nueva creación conocida como IntegraCoop y la compra de hipotecas a la Administración de Sistemas de Retiro (ASR). La posición de González se basó en las opiniones periciales de expertos en a materia, tales como, la del Dr.

Juan B. Aponte, Actuario y Consultor de la COSSEC, el economista Gustavo Vélez y la firma de contabilidad Scherrer Hernandez & Co. , quienes concluyeron que la transacción era de alto riesgo. La única firma que presentó una opinión legal a favor de la transacción fue la del Bufete Cintrón & Laboy, de la cual forma parte el Lcdo. Ángel Cintrón. Esta Comisión pudo confirmar con el testimonio bajo juramento del Dr. Juan B. Aponte y el econ omista Gustavo Vélez que sus opiniones, en efecto, cuestionaban el grave riesgo que representaban las mencionadas transacciones.

De otra parte, también se denunció que al momento en que se presentó la renuncia de González en la COSSEC comenzó un proceso de «takeover de la corporación por personas externas a la entidad pública. Entiéndase, se deshabilitaron sin previo aviso todas las cuentas de acceso a la red de los empleados, se incautó equipo de la COSSEC por parte de la CDCOOP, un empleado se personó a interferir gencia gubernamental 4 84 corporación pública toda su base de datos, la cual contiene información confidencial y privilegiada de todas las cooperativas de Puerto Rico.

Todas estas denuncias fueron corroboradas con el testimonio ajo juramento y evidencia documental provista por la COSSEC y por varios testigos citados ante esta Comisión, según consta en el primer informe parcial sobre la R. de la C. 141 previamente radicado y aprobado por la Cámara de Representantes el pasado 9 de mayo del corriente. Si bien es cierto que las denuncias vertidas bajo juramento y mediante prueba documental ante la Comisión fueron investigadas minuciosamente, esta Honorable Comisión procedió a requerir evidencia adicional a las personas señaladas como los posibles coautores de los eventos denunciados.

Como ya es sabido, una de las personas señaladas como partícipe de os eventos suscitados el 6 de diciembre de 2010, el Director de Sistemas de Información para CDCOOP, identificado como Héctor Ocasio, reclamó en vista pública en compañía de su representación legal, su derecho a no auto incriminarse y se acogió a la quinta enmienda, permaneciendo en silencio sobre las interrogantes que obraban sobre sus actuaciones. Por sus manifestaciones y actuaciones previas a este reclamo, que bien pudieron haber constituido delito, la Comisión procedió a referir al Sr.

Ocasio ante el Departamento de Justicia y ante la Oficina de Ética Gubernamental. El curso de la investigación continuó y esta Honorable Comisión requirió a la CD s 4 conducto del Comisionad rión, Carrión, copla de las grabaciones y de las actas de todas las reuniones de la Junta Rectora en las cuales presuntamente se discutieron asuntos concernientes a la COSSEC y en las que a legadamente se presentaron ideas para entorpecer la investigación legislativa en proceso.

La CDCOOP nos proveyó copia de sus actas y, de las mismas, se desprende que en una reunión de la Junta Rectora celebrada el 27 de enero de 2011, se discutió con ímpetu la posibilidad de destruir las grabaciones requeridas por mandato de esta Comisión. Ver Anejo 2 Esta discusión se dio a pesar de que el Sr. Melvin Carrión tenía pleno conocimiento del requerimiento expedido por este Alto Cuerpo Legislativo. Según vertido en los medios de prensa, el Sr.

Melvin Carrión negó que se haya ponderado destruir las grabaciones. Sin embargo, las actas y las grabaciones lo ubican en medio de dicha discusión como uno de los propulsores de la idea de la destrucción de la evi dencia peticionada. Es menester señalar que durante la presente investigación, despuntaron diversas actuaciones de parte del Comisionado Melvin Carrión que dista n estrepitosamente de lo que un funcionario público debe representar.

Sus ausencias, excusas, objeciones y falta de diligencia para con esta investigación causaron de inmediato una sospechosa imagen de obstruir la misma en vez de utilizarla para aclarar las imputaciones en su con Esta Honorable Comisión so de sus prerrogativas 6 84 constitucionales, actuó al Sr. Melvin Carrón como artífice de un presunto esquema para beneficiar a terceros ajenos al movimiento cooperativo y de impedir con sus influencias que una investigación legislativa tomara su curso.

El Comisionado Melvin Carrión fue señalado por Héctor Ocasio como la persona que le ordenó intervenir en la COSSEC a pesar de que su puesto e trabajo es en la CDCOOP, que es una entidad pública diferente a la primera. Esta actuación bien puede constituir el delito de usurpación de cargo público pues el Artículo 258 de la ey 1492004, según enmendada, conocida como «Código Penal de Puerto Rico», claramente estable ce que [i]ncurrirá en delito menos grave, toda persona que: (a) usurpe un cargo, empleo o encomienda para el cual no ha sido elegido, nombrado o designado o lo ejerza sin poseer las debidas cualificaciones… ualmente, y posterior a la salida del CPA González Torres, fue nombrada interinamente por la Junta de COSSEC, la Sra. Carmen Yolanda Pagán. En el testimonio vertido bajo juramento por la Sra. Pagán, la misma destacó que recibía instrucciones directas de parte de Melvin Carrión, a pesar de que entre sus prerrogativas no estriba ser superior del Presidente Ejecutivo de COSSEC. Igualmente, manifestó que el Sr. Melvin Car rión impartía instrucciones a los empleados de COSSEC y, de paso, advertía sobre las consecuencias de no seguir sus instrucciones.

Esta situaci te expone ante nos la alta probabilid pueda mencionados, el propio presidente de IntegraCoop, José «Pepe» Marrero, declaró bajo juramento que el único creador y ropulsor de dicha entidad (Integracoop) lo fue Melvin Carrión. En especfico mencionó » .. la idea proviene de la oficina, de la mente del Sr. Melvin Carrió n, él mismo lo ha manifestado, él mismo ha dicho que ésta idea proviene de él, que se desarrolla en la oficina de él, que es la oficina del Comisionado de Desarrollo Cooperativo. En su testimonio bajo juramento, Marrero identificó como «perito» del Comisionado Melvin Carrión, al Dr. Alejandro Asmar. Varios testigos que declararon ante la Comisión, ubicaron al Dr. Alejandro Asmar junto al Sr. Melvin Carrón en múltiples reuniones de naturaleza ubernamental, en y fuera de Puerto Rico, relacionadas a las transacciones en cuestión y en las cuales este siniestro personaje, propiamente, se identificó co mo asesor de Melvin Carrión. Entre las personas que pueden dar fe de esta inusual relación entre un funcionario gubernamental y una persona del ámbito privado, se encuentra el Sr.

Héctor León, Director Ejecutivo de la Asociación de Ejecutivos de Cooperativas de Ahorro y Crédito, y el Sr. Pablo Cabán, miembro de la mencionada organización. El Comisionado Melvin Carrión, en un documento juramentado ante notario público y cursado a esta Comisión, negó que el Dr. Alejandro Asmar tuviera una relación laboral de ninguna índole con su persona. P 8 84 de esta Comisión, el Dr. resentó a una vista identificándose como asesor de IntegraCoop. Ver Anejo 3 En la vista pública el 2 de febrero de 2011, bajo juramento, el Sr.

Marrero indicó que al momento de la creación de la entidad privada denominada Integ raCoop, la cooperativa no tenía oficinas propias y que el Sr. Melvin Carrión les permitía que operaran desde las facilidades públicas de CDCOOP. Estas interrogantes e incongruencias son algunas de las muchas que surgieron durante la presente investigación y las cuales, en un sinnúmero de casiones, se le solicitó al Sr. Melvin Carrión que aclarara con su testimonio, pues ese era su constante reclamo público.

Esta Comisión siempre ha tenido claro, que más que un reclamo de participación, siempre fue su obligación como funcionario público. Al día de hoy, esta Comisión de Educación, Organizaciones sin Fines de Lucro y Cooperativas no ha recibido explicación alguna de parte de este funcionario. para que el Comisionado Melvin Carrión compareciera ante la Cámara de Representantes, ésta Comisión tuvo que citarlo en cinco (5) ocasiones, pues siempre existia una excusa o un obstáculo de su parte para no omparecer.

Sin embargo, su comparecencia no abonó en nada a la investigación en curso, sino, por el contrario, logró que lo que en un momento consideramos como meras especulaciones, se convirtieran en la conclusión natural de la controversia. El pasado 7 de julio de 2011, la Cámara de Representantes de Pu erto Rico fue escenario de una nefasta actuación d rio público que, 84 baio pretextos injustifica de deber como Jefe de Agencia, el Sr.

Melvin Carrión se negó contestar todas preguntas de esta Comisión, privando al movimiento cooperativista y al pueblo de Puerto Rico de conocer su versión de los hechos. El Sr. Melvin Carrión, acompañado en la referida vista por el abogado criminalista Michael Corona, optó por no negar las alegaciones en su contra y, de una manera antiética y constitutiva de delito, abandonó sin ser excusado por la Presidencia de esta Comisión, una vista pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico.