Impacto ambiental gyjosemanuclmu 1 110R5pR 15, 2011 8 pagcs Que es impacto ambiental El impacto ambiental es el efecto causado por una actividad humana sobre el medio ambiente. La ecología, que estudia la relación entre los seres vivos y su ambiente, se encarga de medir dicho impacto y de tratar de minimizarlo. or ejemplo: «El hundlmiento del buque petrolero tuvo un impacto ambiental de gigantescas proporciones para el ecosistema del océano Pacífico», «Si las compañías mineras deciden instalarse en nuestra ciudad, deberán demostrar que el impacto ambiental de sus proyectos será reducido», «El hipotético mpacto ambiental de la pastera ha generado un enfrentamiento entre ambos gobiernos».
El concepto de impacto ambiental podría utilizarse para hacer mención a las consecuencias de un fenomena natural (como eptación es poco un tsunami o un terr org frecuente. Lo habitua s para nombrar a los efectos colaterales q irnoli Iotación económica empresa puede sobre la naturaleza. crear puestos de em able desde el punto de vista económico, pero a la vez destruir el medio ambiente de las zonas aledañas de su fábrica.
El impacto ambiental, por lo tanto, puede tener consecuencias sobre la salud de la población, a calidad del aire y la belleza paisajística Que es plan de manejo ambiental Plan de Manejo Ambiental se le llama al conjunto detallado de actividades, que producto de una evaluacion ambiental, estan orientadas a prevenir, mitigar, corregir o compensar los Swipe to vlew next page los impactos y efectos ambientales que se causen por el desarrollo de un proyecto, obra o actividad.
Incluye los planes de seguimiento, monitoreo, contingencia, y abandono según la naturaleza del proyecto, obra o actividad. Autoridades competentes para otrogar o negar licencias ambientales 1 . el ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial. 2. as corporaciones autónomas regionales y las de desarrollo sostenible. 3. los municipios, distritos y áreas metropolitanas cuya población urbana sea superior a un millón de habitantes dentro de su perímetro urbano. 4. las autoridades ambientales creadas mediante la ley 768 de 2002, y 5. as entidades territoriales delegatarias de las corporaciones autónomas regionales, salvo cuando se trate de la realización de proyectos, obras o actividades ejecutadas por la misma entidad territorial. En el caso de Bogotá, la autoridad ambiental (Secretaria de Ambiente) ha otorgado 102 permisos para explotar el subsuelo en el Distrito Capital; 36 de ?stos son Tltulos Mineros vigentes, organizados entre Contratos de Concesión, Licencias de Exploración y Licencias de Explotación.
Ante esta situación, la ciudad presenta un recaudo por concepto de regalías (compensación por el uso de la propiedad ajena basada sobre un porcentaje acordado de los ingresos resultantes de su uso). Situación que se puede anallzar en el cuadro siguiente, allí se muestra el comportamiento en 2007, sobre los montos recaudados por este concepto de las 6 empresas que mayor erales del subsuelo en el Distrito Capital. extraen minerales del subsuelo en el Distrito Capital. Que es licencia ambiental
La licencia ambiental, es la autorizaclón que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de un proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de esta, al cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada.
Por cuanto tiempo se otorgan licencias ambientales La licencia ambiental se otorgará por la vida útil del proyecto, obra o actividad y cobijará las fases de construcción, montaje, operación, mantenimiento, desmantelamiento, abandono y/o terminación. Que se entiende por studios ambientales y términos de referencia Los estudios ambientales a los que se refiere este titulo son el Diagnóstico Ambiental de Alternativas y el Estudio de Impacto Ambiental que deberán ser presentados ante la autoridad ambiental competente.
Los estudios ambientales son objeto de emisión de conceptos écnicos, por parte de las autoridades ambientales competentes. Los términos de referencia son los lineamientos generales que la autoridad ambiental señala para la elaboración y ejecución de los estudios ambientales que deben ser presentados ante la autoridad ambiental competente. para que sirve el diagnostico ambiental de 31_1f8 presentados ante la autoridad ambiental competente.
Para que sirve el diagnostico ambiental de alternativas Tendrá como objeto suministrar la información para evaluar y comparar las diferentes opciones que presente el peticionario, bajo las cuales sea posible desarrollar un proyecto, obra o ctividad. Las diferentes opciones deberán tener en cuenta el entorno geográfico y sus características ambientales y sociales, análisis comparativo de los efectos y riesgos inherentes a la obra o actividad, y de las posibles soluciones y medidas de control y mitigación para cada una de las alternativas.
Contenido básico 1. Objetivo y alcance del proyecto, obra o actividad. 2. a descripción del proyecto, obra o actividad 3. La descripción general de las alternativas de localización del proyecto, obra o actividad caracterizando ambientalmente el área de interés e identificando las áreas de manejo especial, así como ambién las características del entorno social y económico para cada alternativa presentada. 4. La información sobre la compatibilidad del proyecto con los usos del suelo establecidos en el POT.
Lo anterior, sin perjuicio de lo dlspuesto en el Decreto 2201 de 2003, o la norma que lo modifique o sustituya. 5. La identificación y análisis comparativo de los potenciales riesgos y efectos sobre el medio ambiente y los recursos naturales renovables para las diferentes alternativas estudiadas. 6. Identificación de las comunidades y de los mecanismos utilizados para informarles sobre el proyecto, obra o actividad. . Selección y justificación de la mejor alternativa. 8. Un anál actividad. 8. Un análisis costo-beneficio ambiental de las alternativas.
Que se entiende por ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL y que debe incluir El estudio de impacto ambiental es el instrumento básico para la toma de decisiones sobre los proyectos, obras o actividades que requieren licencia ambiental y se exigirá en todos los casos en que se requiera licencia ambiental de acuerdo con la ley y este reglamento. Este estudio deberá corresponder en su contenido y profundidad a las características y entorno del proyecto, obra o ctividad, e incluir lo siguiente: 1. Objeto y alcance del estudio. 2. un resumen ejecutivo de su contenido. 3. delimitación del área de influencia directa e indirecta del proyecto, obra o actividad. 4. La descripción del proyecto, obra o actividad, la cual incluirá: localización, etapas, dimensiones, costos estimados, cronograma de ejecución, procesos, identificación y estimación básica de los insumos, productos, residuos, emisiones, vertimientos y riesgos inherentes a la tecnología a utillzar, sus fuentes y sistemas de control. 5. La información sobre la compatibilidad del proyecto con los Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto 2201 de 2003. . La información sobre los recursos naturales renovables que se pretenden usar, aprovechar o afectar para el desarrollo del 7. Identificación de las comunidades y de los mecanismos 8. La descripción, caracterización 8. La descripción, caracterización y análisis del medio biótico, abiótico, socioeconómico en el cual se pretende desarrollar el 9. La identificación y evaluación de los impactos ambientales que puedan ocasionar el proyecto, obra o actividad, indicando cuáles pueden prevenirse, mitigarse, corregirse o compensarse. 10.
La propuesta de Plan de Manejo Ambiental del proyecto, obra o actividad que deberá contener lo siguiente: a) Las medidas de prevención, mitigación, corrección y compensación de los impactos ambientales negativos que pueda ocasionar el proyecto, obra o actividad en el medio ambiente y/o a las comunidades durante las fases de construcción, operación, mantenimiento, desmantelamiento, abandono y/o terminación del proyecto obra o actividad; b) El programa de monitoreo del proyecto, obra o actividad con el fin de verificar el cumplimiento de los compromisos y obligaciones ambientales durante la implementación del Plan de
Manejo Ambiental, y verificar el cumplimiento de los estándares de calidad ambiental establecidos en las normas vigentes.
Asimismo, evaluar mediante indicadores el desempeño ambiental previsto del proyecto, obra o actividad, la eficiencia y eficacia de las medidas de manejo ambiental adoptadas y la pertinencia de las medidas correctivas necesarias y aplicables a cada caso en particular; c) El plan de contingencia el cual contendrá las medidas de prevención y atención de la emergencias que se puedan ocasionar durante la vida del proyecto, obra o actividad; d) Los costos emergencias que se puedan ocasionar durante la vida del royecto, obra o actividad; d) Los costos proyectados del Plan de Manejo en relación con el costo total del proyecto obra o actividad y cronograma de ejecución del Plan de Manejo. Como se obtiene una licencia ambiental 1. El interesado en obtener licencia ambiental deberá formular petición por escrito dirigida a la autoridad ambiental competente, en la cual solicitará que se determine si el proyecto, obra o actividad requiere o no de la elaboración y presentación de Diagnóstico Ambiental de Alternativas. 2.
Dentro de los quince (15) días siguientes a la presentación de la olicitud, la autondad ambiental mediante acto administratlvo se pronunciará sobre si el proyecto requiere o no de la presentación de Diagnóstico Ambiental de Alternativas. En el evento de no requerirse, expedirá los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, cuando estos no hayan sido previamente establecidos para el sector. En este caso se continuará con el procedimiento señalado en el artículo 23 de este decreto. 3. En caso de que se requiera la presentación de Diagnóstico Ambiental de Alternativas, y dentro del rmsmo término antes señalado, la autoridad ambiental expedirá los términos de eferencia para su elaboración, cuando estos no hayan sido previamente establecidos para el sector. 4.
Presentado el Diagnóstico Ambiental de Alternativas, la autoridad ambiental competente expedirá en un término de diez (10) días hábiles siguientes a la radicación del mismo, el acto de iniciación de trámite, que se notificará y publicará radicación del mismo, el acto de iniciación de trámite, que se notificará y publicará en los términos del articulo 70 de la Ley 99 de 1993, y procederá a la evaluación del mismo. 5. La autoridad ambiental competente, en un plazo de treinta 30) días hábiles, contados a partir de la expedición del auto de iniciación de trámite, elegiré la alternativa o las alternativas sobre las cuales debe elaborarse el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental y fijará los términos de referencia para la elaboración del mismo. Control y segimiento Los proyectos, obras o actividades sujetos a licencia ambiental o plan de Manejo Ambiental, durante su construcción, operación, desmantelamiento o abandono, son objeto de control y seguimiento por parte de las autoridades ambientales, con el propósito de: 1 .
Verificar la implementación del Plan de Manejo Ambiental, eguimiento y monitoreo, y de contingencia, así como la eficiencia y eficacia de las medidas de manejo implementadas. 2. Constatar y exigir el cumplimiento de todos los términos, obligaciones y condiciones que se deriven de la licencia ambiental o plan de Manejo Ambiental. 3. Corroborar cómo es el comportamiento real del medio ambiente y de los recursos naturales frente al desarrollo del proyecto. 4. Evaluar el desempeño ambiental considerando las medidas de manejo establecidas para controlar los impactos ambientales. Licencias ambientales Universidad autónoma del caribe Presentado por Jose manuel muñoz Agudelo 81_1f8 Presentado a