Fuentes del Derecho: es todo tipo de norma, escrita o no, que determina la vinculatoriedad del comportamiento de los ciudadanos y de los poderes de un Estado o comunidad, estableciendo reglas para la organización social y particular y las prescripciones para la resolución de conflictos. Son muchas las clasificaciones que se ofrecen de las «fuentes del Derecho». 1 Fuentes Históricas y Vigentes. Son documentos históricos que hablan o se refieren al Derecho. En la antigüedad estos documentos eran muy diversos (papiros, pergaminos, tablillas e arcilla en las que algunos pueblos estampaban sus leyes y contratos). . Fuentes Materiales y Reales. Son los problemas que surgen de la realidad histórica de cada ueblo ue son regulados por S»ipe to el Derecho. por ejem petrolera a principios real ‘ide las leyes de derogada). 3. Fuentes Formales. ora roca fu riclón de la riqueza nte material o ctada en 1910 (ya ellos hechos o actos a los cuales se les atribuye una específica aptitud para crear normas jurídicas. Se considera que la fuentes formales son las mismas directas. 4. Fuentes Directas e Indirectas. a. Directas, cuando encierran en sí las normas jurídicas aplicables (ley, costumbre).
Se refiere a las fuentes jurídicas según que est SWipe page estas contengan la norma en si mismas. Serán directas las que contienen, Verbi Gratia: La Constitución, la ley, los reglamentos, las ordenanzas, etc. b. Indlrectas, cuando, sin contener en si mismas las normas jurídicas, ayudan a interpretarlas, aplicarlas, producirlas, coadyuvan a su explicación a su explicación y sirven para su conocimientos. Tales por ejemplo: Jurisprudencia, doctrina, principios generales del Derecho, analogía y equidad. Fuentes Principales, Subsidiarias y Auxiliares: Se refiere al orden de importancia de las fuentes jurídicas. Fuente principal, de acuerdo a su acepción será aquella que es mas considerable que las demás. Será subsidiaria, según un sector doctrinal aceptado, aquellas que en un momento dado sirven para integrar las lagunas del Derecho o de la ley, por ejemplo la analogía. O aquellas a las cuales se puede recurrir en última instancia para resolver una situación planteada. Proceso de Elaboración de la Ley Formal: El proceso de elaboración de una ley se desarrolla a través de las iguientes etapas: . Iniciativa de la ley. Comprende la elaboración del «proyecto de la ley» que tendrá que presentarse a la Asamblea Nacional por aquellos que tienen la facultad de inlciarla. En nuestro país, según lo dispuesto en el articulo 204 y 281 numeral 17 de la CRBV. 2. – Discusión de la ley. una vez presentado el proyecto de ley se discute dos veces en la Asamblea (Art. 20 de la ley. Una vez presentado el proyecto de ley se discute dos veces en la Asamblea (Art. 207 CRBV). Aprobado el proyecto se declara sancionada la ley. 3. – promulgación del la ley.
La promulgación corresponde al poder Ejecutivo que colabora de esta manera en la formación de la ley. Una vez sancionada la ley, el Presidente de la Republica puede interponer su veto pidiendo que se modifique o que se levante la sanción. En este caso existe un procedimiento especial antes de la promulgación cuyo estudio corresponde a la asignatura Derecho Constitucional. LA JERARQUIA DE LA FUENTE DEL DERECHO: «Ordenación jerárquica o escalonada de las normas jurídicas de modo que las normas de rango inferior no pueden contradecir ni vulnerar lo stablecido por una norma de rango superior que tiene mucho valor».
LA LEY : La ley es la fuente primera y fundamental del derecho, su preponderancia sobre todas las demás en especialmente notable en el derecho civil. La ley en la teoría general del derecho puede ser tomada en dos aspectos: uno formal que se refiere a la que ha sido dictada por el poder legis ativo, de acuerdo con el mecanismo constitucional y otro Material o sustancial, que alude a toda norma juridica obllgatoria, cuyo contenido regula una multiplicidad de casos, emanada de autoridad competente de manera escrita 31_1f3