Contrato de Prestación de Servicios Periódicos Nuevo Día S. A. de C. V. quien en adelante se denominará E-l_ CONTRATANTE, y Mazesoft, quien para los efectos del presente documento se denominará EL CONTRATISTA, acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO: El CONTRATISTA en su calidad de trabajador independiente, se obliga para con El CONTRATANTE a ejecutar los trabajos y demás actividades propias del servicio contratado, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones cláusulas del presente documento y que consistirá en: Swpe to page desarrollo de nuevos CONTRATANTE así co del servidor donde s mencionada anterior ni dependencia.
SEG ors ncue página web de EL orte y configuración a página web rario determinado, ZO: El plazo para la ejecución del presente contrato seré de un año, contados a partir del 15 de Febrero de 201 6 y podrá prorrogarse por acuerdo entre las partes con antelación a la fecha de su expración mediante la celebración de un contrato adicional que deberá constar por escrito. TE-RCE-RA_- PRECIO: E-l valor del contrato será por la uma de $1 ,500. OO MIN, MIL QUINIENTOS PESOS MEXICANOS. CUARTA. – FORMA DE PAGO: El valor del contrato será efectuado de la siguiente forma: $1 ,500. 0 MIN pagaderos mensualmente cada día 15 del mes durante la DURACION O PLA PLAZO de este documento. QUINTA. – OBLIGACIONES: El CONTRATANTE deberá facilitar acceso a la información y elementos que sean necesarios, de manera oportuna, para la debida ejecución del objeto del contrato, y, estaré obligado a cumplir con lo estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento. El CONTRATISTA deberá cumplir n forma eficiente y oportuna los trabajos encomendados y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con la naturaleza del servicio.
SEXTA- SUPERVICION: El CONTRATANTE o su representante supervisará la ejecución del servicio encomendado, y podrá formular las observaciones del caso, para ser analizadas conjuntamente con El CONTRATISTA. SEPTIMA. – TERMINACIÓN. El presente contrato terminará por acuerdo entre las partes y unilateralmente por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. OCTAVA. TERMINACIÓN TEMPRANA. El CONTRATANTE podrá terminar este contrato en ualquier momento, sin embargo y sin haberse incumplido las obligaciones derivadas del contrato, los meses restantes deberán ser pagados en su totalidad y se cobrará una cuota de $5,000. 0 MIN, CINCO MIL PESOS MEXICANOS por terminación temprana del contrato. NOVENA. – INDEPENDENCIA: El CONTRATISTA actuará por su cuenta, con autonomía y sin que exista relación laboral, ni subordinación con El CONTRATANTE. Sus derechos se limitarán por la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones del CONTRATANTE y el pago oportuno de su emuneración fijada en este documento. DÉCIMA. – CESIÓN: El CONTRATIST RI_IFS el pago oportuno de su remuneración fijada en este documento.
DÉCIMA- CESIÓN: El CONTRATISTA no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente contrato a un tercero, sin la previa, expresa y escrita autonzación del CONTRATANTE. DÉCIMA PRIMERA. -DOMICILIO: se fija a periódicos Nuevo Día S. A. de C. V. con domicilio en Periférico Luis Donaldo Colosio número 1180 en la ciudad de H. Nogales, Sonora, como domicilio contractual para todos los efectos legales. Las partes suscriben el presente ocumento en dos ejemplares, a los 19 días del mes de enero del año 201 6, en la ciudad de H. Nogales, Sonora. Alejandro Cantú Zayas Periódicos Nuevo Día S.
A. de C. V. CONTRATANTE Sandra C. Alegria Robles Mazesoft CONTRATISTA denominará EL CONTRATANTE, y Mazesoft, quien para los efectos independiente, se obliga para con El CONTRATANTE a ejecutar los trabajos y demás actividades propias del servicio contratado, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento y á en: desarrollo de 31_1fS nuevos módulos para la ac eb de EL CONTRATANTE oporte y configuración del servidor donde se encuentra hospedada la página web mencionada anteriormente, sin que exista horario determinado, ni dependencia.
SEGUNDA. – DURACIÓN O PLAZO: El plazo para la ejecuclón del presente contrato será de un año, contados a partir del 15 de Febrero de 201 6 y podrá prorrogarse por acuerdo entre las partes con antelación a la fecha de su expiración mediante la celebración de un contrato adicional que deberá constar por escrito. TERCERA. – PRECIO: El valor del contrato será por la suma de $2,OOO. OO MIN, DOS MIL pesos MEXICANOS. CUARTA. – FORMA DE PAGO: El valor del contrato será efectuado de la siguiente forma: $2,000. 0 MIN pagaderos mensualmente cada día 15 del mes durante la DURACION O PLAZO de este documento. QUINTA- OBLIGACIONES: El CONTRATANTE deberá facilitar acceso a la informacion y elementos que sean necesarios, de manera oportuna, para la debida ejecución del objeto del contrato, y, estará obligado a cumplir con lo estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento. El CONTRATISTA deberá cumplir en forma eficiente y oportuna los trabajos encomendados y aquellas obligaciones que se generen e acuerdo con la naturaleza del servicio.
SEXTA. – SUPERVICION: El CONTRATANTE o su representante superwsará la ejecuclón del sewicio encomendado, y podrá formular las observaciones del caso, para ser analizadas conjuntamente con El CONTRATISTA. SEPTIMA. -TERMINACIÓN. El presente contrato terminará por acuerdo entre las partes y unilateralmente por el incumplimiento de las obl 406 S terminará por acuerdo entre las partes y unilateralmente por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. OCTAVA. – TERMINACION TEMPRANA.
El CONTRATANTE podrá erminar este contrato en cualquier momento, sin embargo y sin haberse incumplido las obligaciones derivadas del contrato, los meses restantes deberán ser pagados en su totalidad y se cobrará una cuota de $5,OOO. OO MIN, CINCO MIL PESOS MEXICANOS por terminación temprana del contrato. NOVENA. – INDEPENDENCIA El CONTRATISTA actuará por su cuenta, con autonomía y sin que exista relación laboral, ni subordinación con El CONTRATANTE. Sus derechos se limitarán por la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones del CONTRATANTE y el pago oportuno de su remuneración fijada en ste documento.
DÉCIMA- CESIÓN: El CONTRATISTA no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente contrato a un tercero, sin la previa, expresa y escrita autorización del CONTRATANTE. DÉCIMA PRIMERA. -DOMICILIO: se fija a Periódicos Nuevo Día S. A. de C. V. con domicilio en Periférico Luis Donaldo Colosio número 1180 en la ciudad de H. Nogales, Sonora, como domicilio contractual para todos los efectos legales. Las partes suscriben el presente documento en dos ejemplares, a los 19 días del mes de enero del año 201 6, en la ciudad de H. Nogales, Sonora. SÜFS