COMPETENCIAS DE CADA CAMARA

COMPETENCIAS DE CADA CAMARA gy ANALFC og, 2016 | pagos CAPÍTULO XXXVI LAS COMPETENC AS PRIVATIVAS DE CADA CÁMARA I -COMPETENCIA QUE EN PIE DE IGUALDAD POSEE Noción’ las facultades privativas de cada cámara se traducen en actos que no son del Congreso Privilegios parlamentarios: competencia privativ ors to View nut*ge cuando una cámara hace algo sin el concurso de la otra. Los poderes implícitos: existen para ejercer competencias privativas o competencia donde cada cámara concurre en común con la otra. 2 ll- COMPETENCIAS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS Art. 2 na de las competencias exclusivas es la iniciativa, coparticipación impositiva Art. 75 inc. 19: provee el crecimiento armónico de la nación y el poblamiento de su territorio para promover políticas diferenciadas para equilibrar el desigual desarrollo de provlnclas y regiones 4 IV -JUICIO POLí ICO Encuadre: procedimiento de destitución para que funcionarios no continúen en el desempeño de su cargo, termina con la remocion. Intervienen las dos cámaras, cumplen dos funciones separadas: una acusa y la otra juzga. Art. 53 – la Cámara de Diputados declara hacer lugar después e conocer la razón, necesita la mayoría de las 2/3 partes.

C] Art. 59 – el Senado juzga en juicio público a los acusados por la cámara de diputados, se exige la mayor(a de las 2/3 partes C] Art. 60 – el fallo del Senado no tiene más efecto que destituir al acusado y declararle Incapaz de ocupar ningún empleo, se puede destituir sin habilitar pero no inhabilitar sin destituir. Si renuncia y aceptada el juicio concluye por falta de objeto. FUNCIONARIOS ENJUICIABLES, LAS CAUSALES Y LA TRAMITACION DELJUICIO POLÍTICO Art. 53Funcionarios enjuiciables a) Presidente de la Repúbli ) Vicepresidente Penal. Si el incriminado es el Pte. e la República el Senado debe ser presidido por el Pte. De la Corte Suprema. El juicio debe ser público para garantizar la defensa y debido proceso. 6 Naturaleza y Procedimiento: La naturaleza jurisdiccional hace obligatoria la aplicaclón de las pautas del debido proceso. La acusación que efectúa la cámara de Diputados ante el Senado impide a este juzgarlo por hechos no incluidos en ella. Si en la etapa de enjuiciamiento el Senado no destituye, tampoco es viable que después recomience otro enjuiciamiento por los mismos hechos El juicio político como ante juicio: Art. 0 – después de la destitución la parte ordenada quedará sujeta a acusación de juicio y castigo ante los tribunales ordinarios. Mientras este en ejercicio de su función esta exenta de proceso penal, primero hay que separar a la persona de su cargo y luego quedan habilitados los jueces competentes para el proceso penal El juicio polítlco a ex funcionarios: Pueden ser sometidos a juicio político a solo efecto si el Senado se pronuncia sobre su inhabilitación Control judicial sobre juicio 31_1f3 Es competencia de cada cá preso acusar y destituir,