Ante Proyecto de Ordenanza de Casificacion Recoleccion y Reciclaje

PROYECTO DE ORDENANZA SOBRE LA CLASIFICACION, CLASIFICACIÓN, RECOLECCIÓN, REUTILIZACIÓN, Y RECICLAJE DE os DESECHOS SOLIDOS GENERADOS POR LAS ACTIVIDADES COMERCIALES, PÚBLICAS Y DOMÉSTICAS DEL MUNICIPIO CRISTOBAL ROJAS EXPOSICION DE MOTIVOS de . Del 2006 fue publicada en Gaceta Oficial Na. «Ordenanza sobre el servicio de Aseo Urbano y Domiciliario» la cual estipula las siguientes competencias Municipales: a) Prestar de manera OF42 terceros, los Ñ•. next pase servicios de aseo urb o y q limpieza, recolección, y retiro o a través de omprende la b) Establecer convenios con órganos o entes relacionados, a la prestación del ervicio de aseo urbano y Domiciliario. c) Gestionar y aportar, total o parcialmente, los recursos financieros para la ejecución de Planes Municipales de limpieza, recolección, y retiro de los desechos sólidos. d) Priorizar el desarrollo y difusión de programas educativos y de capacitación, en el manejo integral de los desechos sólidos, entre otras Normativas Legales.

Entendiendo que el medio ambiente es patrimonio de todos los ciudadanos v ambiente y al trato que debe dársele a los desechos sólidos. Por otra parte es importante considerar que los desechos sólidos tratados inadecuadamente causan contaminación al Medio Ambiente suelos, aguas y aire), y que no sólo deterioran el Ecosistema, sino que también reducen la calidad de vida de los Ciudadanos y Ciudadanas afectadas, y que por el contrario; el buen uso de los mismos reduce la explotación de los Recursos Naturales, no renovables.

Y del impacto negativo al Medio Ambiente. Es por eso que las Políticas Públicas en relación a los desechos sólidos deben abarcar la clasificación, reutilización, y reciclaje de los mismos. Para asi lograr disminuir la cantidad de desechos sólidos generados en el Municipio. Entendemos que este proceso requiere la regulación e intervención del Ejecutivo Municipal omo ente fiscalizador, capacitador, y ejecutor, para de esta forma lograr la articulación entre Gobierno, Comunidades, y Empresas.

Considerando la complejidad, e importancia, del tema de los desechos sólidos, es necesario que el Poder Legislativo como responsable de proporcionar los instrumentos Legales para el buen funcionamiento y desarrollo de las Políticas Públicas en el Municipio, implemente el proyecto de Ordenanza de clasificación, reutilización, y reciclaje, de los desechos sólidos, enmarcada en el 5to Objetivo 42 especie humana en el planeta. Esta Ordenanza contiene trece (13) capítulos, dos (02) secciones y etenta y tres (73) artículos. ?NDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art[culo 1c Objeto Articulo 20 Finalidad Artículo 30 Definiciones Básicas Artículo 40 Interés Público y Social Art[culo 5c Políticas de Gestión Ambiental Artículo 60 Competencia Artículo 70 Propiedad de los desechos solidos Artículo 90 Exclusividad de los desechos solidos Articulo 100 Mecanismos Artículo 110 Del ente competente Artículo 120 Tipos de servicios de recolección, y reducción. Artículo 130 Régimen de las actividades de reciclaje Art[culo 140 Inscripción como Recuperadora de Residuos Sólidos en Origen Artículo 150

Registros de las recuperadoras Artículo 160 Régimen Legal del Sector Productivo CAPITULO II DE LA CLASIFICACION DE LOS DESECHOS SOLIDOS Artículo 17. – Tipos de desechos sólidos. Artículo 18. – desechos sólidos generales Artículo 19. – Desechos sólidos especiales Articulo 20 Categorías de los desechos sólidos. Articulo 21 desechos sólidos urbanos especiales. CAPITULO III DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS, GRANDES GENERADORES DE DESECHOS SOLIDOS. Articulo 22. – Deberes de los Usuarios del Servicio Artículo 23. Grandes Generadores de desechos Sólidos. Artículo 24. – Colaboración 3 42 Articulo 25. Participación icos V Privados EN ORIGEN. Artículo 30. – Definición Artículo 31 Promoción y Divulgación -2- Artículo 32. – Envases para la Clasificación Art[culo 33. – Programas de Recolección Articulo 34. – Aplicación de los Programas CAPITULO VI DESECHOS SÓLIDOS GENERALES Artículo 35. – Recolección Selectiva y Clasificación en Origen Art[culo 36. – Clases de Contenedores Artículo 37. – Normas de Uso de los Recipientes o Contenedores Artículo 38. Conservación y Limpieza de los Recipientes Normalizados Art[culo 39. – Horario, Lugar de Presentación y Retirada de Recipientes Normalizados de la Vía Pública Artículo 40. – De los horarios Art[culo 41 De los retiros Articulo 42. – Clasificación, Depósito y Recolección de Papel y Cartón Artículo 43. – Clasificación, Depósito y Recolección de Vidrio. Art[culo 44. – Depósitos de Desechos sólidos CAPITULO VII DE LOS DESECHOS SOLIDOS ESPECIALES Artículo 45. – Desechos sólidos de Construcción, Demolición Articulo 46. Contenedores de Obras. Art[culo 47. – Instalación de Contenedores y Sacos para los desechos sólidos de Construcción. CAPÍTULO VIII DE LAS PILAS, BATERÍAS y BIENES MUEBLES Art[culo 48. – Clasificación, Recolección y Depósito Articulo 49. Recolección de Muebles y Enseres CAPITULO IX DE LOS APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS Artículo 50. – Recolección d ctricos y Electrónicos en 4 42 des uso Admisibles en los Puntos Limpios Fijos Artículo 57. – Desechos sólidos Admisibles en los Puntos Limpios Móviles Art[culo 58. Desechos sólidos Rechazables en los Puntos Limpios Artículo 59. – Cantidad Máxima de Puntos Limpios CAPITULO XII DEL TRATAMIENTOS DE LOS DESECHOS SÓLIDOS SECCION PRIMERA DE LAS INSTANCIAS Y COMPETENCIAS. Art[culo 60. – Instalaciones Municipales Articulo 61 Gestión de las instalaciones Municipales Artículo 62. Desechos sólidos Objeto de Valorización en las Instalaciones Municipales. Artículo 63. – Competencia en Vigilancia y Control -3- SECCION SEGUNDA DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. Artículo 64. – Remisión del Inicio del Procedimiento Art[culo 65. De las Infracciones y Sanciones Articulo 66. – Multas Artículo 67. – Recuperación de los Espacios Públicos CAPÍTULO XIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Art[culo 68. – Presentación del Programa ante el Gobierno Nacional Artículo 69- Reglamento Artículo 70. – Régimen Económico Artículo 71 Tipos de incentivos. Art[culo 72. – Incorporación de Organismos al Clasificación y Reciclaje de desechos Sólidos en Origen Artículo 73- Vigencia Normativa rograma de REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA MUNICIPIO CRISTOBAL ROJAS.

El Concejo Municipal del Estado ariano Cristóbal Rojas del s 2 SOLIDOS EN ORIGEN. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 10. – Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer las normativas legales para regular las actividades y programas de recolección, clasificación, reciclaje, y reutilización de los desechos sólidos en origen, generados en el Municipio Cristóbal Rojas, en concordancia con las disposiciones nacionales igentes, y particularmente con los deberes, y obligaciones de ciudadanos y ciudadanas. Artículo 20. Finalidad Establecer las competencias, procedimientos, mecanismos, y controles del proceso de recolección, clasificación, reciclaje y reutilización de los sólidos en origen, A los efectos de la gestión de saneamiento ambiental en el Municipio Cristóbal Rojas. Artículo 30. – Definiciones y términos. Se establecen las siguientes definiciones y términos: DESECHOS SÓLIDOS: Son todos los residuos, productos, objetos o artículos. Orgánicos e inorgánicos, que luego de usarse se desecha, se retiene, se clasifica se almacena. Y que luego pueden ser reciclados o reutilizados.

DESECHOS SOLIDOS URBANOS: Son aquellos generados por las actividades naturales de los ciudadanos y ciudadanas en hogares, comunidades, espacios públicos, comercios y oficinas, y áreas comunes. 6 42 similares a los generados en los domicilios, comercios y oficinas. CLASIFICACION DE DESECHOS SOLIDOS: proceso mediante el cual desechos sólidos son separados o clasificados según su características físicas y su composición química (orgánicos e inorgánicos) en papeleras, contenedores, o espacios específicos, para luego ser reciclados o eliminados.

RECICLAJE: Proceso de aprovechamiento o reutilización de los desechos sólidos clasificados en condiciones de utilidad físicas y qu[micas, para transformados en productos similares, o convertidos en materia prima. RECOLECCION: Es la actividad de recoger, recolectar, levantar o retirar, los desechos sólidos. Transportándolos hasta el sitio destinado para su eliminación, o fase final. VALORIZACIÓN: El aprovechamiento de los recursos contenidos en los desechos sólidos, sin poner en riesgo la salud humana y protegiendo el medio ambiente.

TRATAMIENTO: proceso mediante el cual se modifica las características de los esechos sólidos, y su composición química. También se conoce como tratamiento a las actividades realizadas en vertedero, y votes generales, estos pueden ser se mecanicos, físicos, térmicos, químicos o biológicos. ALMACENAMIENTO: Actividad de guardar temporalmente los desechos sólidos, antes de ser sometidos al proceso de clasificación, valorización, o eliminación. RECOLECTOR: Es toda pe privado, jurídica, ente público o 7 42 clasificados en origen diferenciando los orgánicos fermentables, a reciclables, así como también a los desechos reutilizables.

GENERADOR DE DESECHOS SOLIDOS: ES toda persona natural o urídica, ente público o privado, compañías, empresas, instituciones y comercios. Que produzca desechos sólidos o realice mezcla, que ocasionen un cambio de naturaleza o composición de estos desechos. GRANDES GENERADORES DE DESECHOS SOLIDOS: Es todo individuo natural o jurídico, ente público o privado, compañías, empresas, instituciones y comercios. Que mediante sus actividades generan materiales orgánicos e Inorgánicos.

Superior a diez metros cúbicos (10 m3) Por día. POSEEDOR: Es toda persona natural, o jurídica, ente público o compañías, empresas, instituciones y comercios. Que posea esechos sólidos sin las condiciones, conocimientos, ni mecanismos, de recuperador o clasificador. RECUPERADOR: Es toda persona natural o jurídica, ente público o compañías, empresas, instituciones y comercios, que se dedican a la clasificación de los desechos sólidos, y materias primas, para su posterior proceso de reutilización o reciclaje.

FASE FINAL: Proceso mediante el cual se disponen los desechos sólidos al retiro, 8 42 o eliminación definitiva. Es por medio de incineración venta o primarios, los envases colectivos o secundarios, y los envases de transporte o terciarios. Artículo 40. De interés público, y social, Se declara de interés público, social, general y colectivo, la protección del medio ambiente y el uso racional de sus recursos naturales, En el Municipio Cristóbal rojas.

Y es un deber y obligación participar, contribuir, y realizar toda práctica en cuanto a la clasificación, reutilización, recolección, reciclaje y reducción, de los desechos sólidos en origen. Artículo 5c. – Políticas de gestión ambiental, Propiedad de los sólidos. Los desechos sólidos generados en el municipio, conforme a la presente ordenanza son propiedad de la municipalidad. Y el Ejecutivo Municipal podrá otorgar competencia sobre ellos al ente con competencia en materia ambiental que este determine, o a terceros por medio de convenios o contratos.

Art[culo 6c. – Exclusividad de los desechos sólidos. La exclusividad, disposición y aprovechamiento, de los desechos sólidos recolectados en el Municipio son del ejecutivo municipal y este podrá adjudicarlos mediante convenios comerciales a las personas naturales o jurídicas, empresas o cooperativas, que se dediquen a las actividades de reciclaje con fines industriales, agrícolas, o comerciales. Artículo 70. De las Competencias, Es competencia única de I Municipio Bolivariano 42 Cristóbal Rolas, La Cristóbal Rojas.

Será el ente competente en materia ambiental, quien tendrá la responsabilidad de implementar los planes proyectos, programas, actividades control evaluación y seguimiento de los servicios de recolección, y eliminación de los sólidos. Así como también de los procesos de clasificación reutilización y reciclaje. Artículo 90. – De los mecanismos. El Ejecutivo Municipal podrá ejecutar directamente, o por medio de gestores debidamente acreditados para tal fin, bajo el régimen de oncesión, o contratación. O la combinación de ambas opciones.

Mecanismos necesarios para la prestación de los servicios de recolección, y reducción, de desechos sólidos en origen. Así como también de los programas y actividades de clasificación, reciclaje, reutilización, de los mismos. La Instancia de la Alcaldía competente en materia Ambiental, establecerá de acuerdo a la presente Ordenanza los siguientes mecanismos: 1) Realizar las rutas de recolección con la frecuencia y horarios adecuados, 2) Realizar la publicidad necesaria para informar a la comunidad, acerca de 3) 4) 5) 6) 7) 0 DF