AFECTACION A VIVIENDA FAMILAR Y PATRIMONIO DE FAMILIA

AFECTACION A VIVIENDA FAMILAR Y PATRIMONIO DE FAMILIA Geraldyne Marquez Castillo — 1019117814 Yuliana Barragán – 1 026294741 Patrimonio de familia Ley 495 / 99 Afectación a vivienda familiar Ley 258 / 96 Finalidad: proteger a la familia y a los menores de edad; además de la protección que también le dan a garantizar el cumplimiento de la cuota alimentaria. Finalidad: proteger la vivienda en la que reside una familia, de manera tal que dicha vivienda resulta inembargable excepto en algunos casos expres Clases: Voluntario: 1. Ante un juzgado d 2.

Notaria Involuntario: ley 91 / 1936 OF2 p or la ley promiscuo. nembargabilidad: el patrimonio de familia es inembargable ante cualquier persona Inembargabilidad: Los bienes inmuebles bajo afectación a vivienda familiar son inembargables Requisitos: que se constituya sobre un inmueble libre de gravamen que no supere el valor de 250 salano mínimo legal vigente Requisitos: L Swl>e to vlew next page La afectación opera por ministerio de la ley respecto a las iviendas que se adquieran con posterioridad a la vigencia de la presente ley .

Los inmuebles adquiridos antes de la vigencia de la presente ley podrán afectarse a vivienda familiar mediante escritura pública otorgada por ambos cónyuges, o conforme al procedimiento notarial o judicial establecido en la presente ley.

Beneficios: la protección al patrimonio y la garantía de la cuota alimentarla Beneficios: El beneficio de este gravamen es la Inembargabilidad el bien afectado Cancelación: las dos firmas de los cónyuges mas la firma del curador adoct quien se encarga de representar a los menores Cancelación: Ambos cónyuges podrán levantar en cualquier momento, de común acuerdo y mediante escritura pública sometida a registro, la afectación a vivienda familiar. En todo caso podré levantarse la afectación, a solicitud de uno de los cónyuges, acudirá ante un notariado Vigencia: hasta la mayoría de edad