Administración Pública es un sintagma de limites imprecisos que comprende el conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado y de otros entes públicos con personalidad jur[dica, ya sean de ámbito regional o local. Por su función, la Administración Pública pone en contacto directo a la ciudadan[a con el poder político, satisfaciendo los intereses públicos de forma inmediata, por contraste con los poderes legislativo y judicial, que lo hacen de forma mediata.
Se encuentra principalmente regulada por el poder ejecutivo y los organismos que están en contacto permanente con el mismo. Por excepción, algunas de noción de «Administr a la vez que pueden los otros cuatro pode depender de alguno. ATRIBUCIONES endencias del oder legislativo integran la 4 Stir p s o en empresas estatales), Istración General» en atales que pueden -Orientar el control interno y facilitar el control externo, de acuerdo con las normas de coordinación dictadas por la Contraloría General de la República. Dictar, promover y verificar la aplicación de las normas y lineamientos de control interno. -Establecer normas de auditoría interna y velar por su aplicación en las unidades de auditoría interna, en coordinación con la Realizar o coordinar las auditorías que estime necesarias, para evaluar el sistema de control interno en los órganos y entes a que se refiere el artículo anterior, así como orientar la evaluación de proyectos, programas y operaciones.
Eventualmente, podrá realizar auditorias financieras, de legalidad y de gestión, en los competencia. -Vigilar la aplicación de las normas que dicten los órganos rectores de los sistemas de administración financiera del sector público nacional e informarles los incumplimientos observados. -Ejercer la supervisión técnica de las unidades de auditoria nterna, aprobar sus planes de trabajo y orientar y vigilar su ejecución, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República. Promover y verificar la realización de los procesos de concurso para la selección de los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna, en el ámbito de su competencia, en concordancia con la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. -Comprobar la ejecución de las recomendaciones de las unidades de auditoría interna, adoptadas por las autoridades competentes. -Proponer las medidas necesarias para lograr el mejoramiento ontinuo de la organización, estructura y procedimientos operativos de las unidades de auditoría interna, considerando las particularidades de cada organismo. Formular directamente a los órganos y entes comprendidos en el ámbito de su competencia, las recomendaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de las normas de auditoría interna y de los criterios de economía, eficacia y eficiencia. -Establecer requisitos de calidad técnica para el personal de auditoria de la administración financiera del sector público, así como de consultores especializados en las materias vinculadas y antener un registro de auditores y consultores. Promover la oportuna rendición de cuentas por los funcionarios encargados de la administración, custodia o mango de fondos o bienes públicos, de acuerdo con las normas que dicte la -Realizar y promover actividades de adiestramiento y capacitaci -Realizar y promover actividades de adiestramiento y capacitación de personal, en materia de control y auditoría. -Atender las consultas que se le formulen en el área de su Estructura de la Administración Pública en Venezuela: Niveles de la Administración Pública: 1.
Administración Pública Nacional Se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Publica, esta Ley creada con la finalidad de ampliar y organizar la administración del Estado atendiendo a la organización y competencia de los poderes públicos, establecidos en la Constitución de forma descentralizada, regulando políticas administrativas y estableciendo normas básicas sobre los archivos y registros públicos.
La Administración Publica, es una organización que esta conformada por las personas jurídicas estatales (entes) y por sus órganos, como lo precisa la Ley Orgánica de la Administración Pública Art 15 -Administración Pública Central Según el Articulo 45. de La Ley Orgánica de la Administración Publica Son órganos superiores de dirección de la administración publica Central, El Presidente o Presidenta de la Republica, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vice Presidenta Ejecutiva, El Consejo de Ministros ,105 ministros o ministras y los viceministros o viceministros.
Son Órganos superiores de consulta de la Administración Pública Central, La Procuraduría General de la Republica, El Consejo de Estado, I Consejo de Defensa de la Nación, los gabinetes sectoriales y los gabinetes ministeriales. 2. 1 El Presidente de la República.
El poder ejecutivo reside en el presidente el cual tiene entre sus funciones administrativas, el manejo de la Hacienda Publica Nacional: Decretar crédito precia autorización de la 4 asamblea nacional, negoci Decretar créditos adicionales, precia autorización de la asamblea nacional, negociar emprésteritos nacionales, celebrar contratos de interés nacional, designar el procurador, fijar el numero de ministros entre otros. 2. 2 El Vicepresidente ejecutivo: (Atribuciones Administrativas) Dentro de sus funciones administrativas, tiene la coordinación de la administración pública nacional de conformidad con la instrucciones del presidente
Presidir el Consejo de Ministros previa autorización del Presidente, coordinar relaciones con la Asamblea Nacional, entre otros. 2. 3 Los Ministros y Viceministros Según el Art. 242 de la CNRBV, los Ministros son órganos directos del Presidente, reunidos conjuntamente con el Vicepresidente forman el Consejo de Ministros, son responsables de sus propias resoluciones solidariamente, es decir que ningún ministro puede escudarse en los demás, sus actuaciones se rigen por la Ley Orgánica de la Administración Central, actualmente la conformación de los ministerios es la siguiente: Ministerio de Interior y Justicia, Ministerio de Relaciones
Exteriores, Ministerio de Finanzas, Ministerio de la Defensa, Ministerio de Educación Cultura y Deporte, Ministerio de educación Superior„ Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Ministerio del Trabajo, Ministerio de Infraestructura, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, Ministerio de Planificación y Desarrollo , Ministerio de Ciencia y Tecnología, Ministerio de la Secretaria de la Presidencia.
El manejo de los recursos en los ministerios viene de la cuota que se le asignan del total del Presupuesto nacional, consta de dos etapas, la primera de una formulación y la segunda que es la jecución. La cual distribuyen a sus dependencias por medio de órdenes de Pago, que le son deposita 14 La cual distribuyen a sus dependencias por medio de Órdenes de pago, que le son depositadas en una entidad financiera del Estado. A partir del año 2006 la formulación y ejecución del presupuesto en los ministerios se esta realizando por la elaboración de proyectos, solo los proyectos aprobados son los que recibirán recursos. . Administración Descentralizada: La descentralización de la Administración Pública se desarrolla atendiendo al principio de simplicidad en los tramites dministrativos, para ello se creo la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos de 1. 999, se destinó específicamente a desarrollar, en detalle el principio de simplificación con el objeto de racionalizar las tramitaciones que realiza los particulares ante la Administración Pública, para mejorar su eficiencia, utilidad y celeridad, así como reducir gastos operativos.
Articulo 30 LOAP «Con el principio de profundizar la democracia y de incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión de la Administración Publica, se podrán descentralizar competencias y servicios públicos de la República a los estados y municipios, y de os estados y municipios, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley 4. Entes de la Descentralización Funcional: Esta clasificada en Institutos autónomos, Empresas del Estado, Empresas Matrices, Fundaciones del Estado y asociaciones y sociedades civiles del Estado. . 1. Institutos autónomos Son organismos oficiales con personalidad jurídica, financiados por el Estado, esta figura se crea con la finalidad de que su desempeño sea más ágil a la hora de brindar soluciones, sin tener que recurrir a un nivel central. (no dependen de las decisiones de Ministros o Consejo de Ministros) Por ejemplo el INCE el INVIC, es decir constituyen un modelo de descentra Consejo de Ministros) por ejemplo el INCE el INVIC, es decir constituyen un modelo de descentralización administrativa.
Debido a que en el manejo de los recursos también gozan de autonomía, están sujetos a Rendir cuentas a la Contraloría General de la Republica. Su creación es por medio de Ley desde la Constitución de 1 961 y esta a cargo del Poder Legislativo. 4. 2 Empresas del Estado Art. 100 de la LOAP. «Son empresas del Estado las sociedades mercantiles en las cuales la República, los estados, los distritos etropolitanos y los municipios, o alguno de los entes descentralizados funcionalmente a los que se refieren esta Ley, solos o conjuntamente, tengan una participación mayor al cincuenta por ciento del capital social 4. Empresas Matrices Según el Art. 105 de LOAP, se refiere la operación a la vinculación existente de varias empresas del Estado en mismo sector y estas pueden ser creadas, por el Presidente, por los Gobernadores y Alcaldes. 4. 4 Fundaciones del Estado Según el Art. 108 de la LOAP , Son llamadas fundaciones a los organismos que funcionan con patrimonio del Estado (mayor al 0%) , que se les considera de utilidad pública, por su carácter artístico, científico o literario, por ejemplo el Centro Simón Bolívar. . 5 Asociaciones y Sociedades Civiles del Estado Según la COAP en este caso la participación del Estado es en carácter de Socio o miembro con un aporte del cincuenta por ciento o más del capital, deberán ser autorizadas por el Presidente o Presidenta de la República, mediante decreto o a través de resolución dictada por máximo jerarca descentralizado funcionalmente. 5.
Administración Publica Estadal Los Estados, son entidades autónomas, con personalidad jurídica ncia, soberanía e plena, obligadas a manten integridad nacional V a cu tución obligadas a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional y a cumplir la Constitución de la República, esta autonomía politica, administrativa, jurídica y tributaria, tienen sus límites en la Constitución, en cuanto al ejercicio de competencias.
De acuerdo al Art. 160 de CNRBV la administración de los Estados corresponde a los gobernadores, su gestión será vigilada por el Contralor del Estado, la funciones legislativas estarán a cargo del Consejo Legislativo los Consejos de Planificación y Coordinación e Políticas Públicas actuaran para coordinar politicas de descentralización. 6.
Administración Pública de los Distritos Metropolitanos Los distritos metropolitanos surgen cuando dos o mas municipios desean unirse ya sea para compartir la misma actividad economica, social o física, pueden ser de una misma entidad federal o distinta, lo cual será evaluado por la Asamblea Nacional, ejemplo el Distrito Metropolitano de Caracas (formado por el Estado Miranda y Distrito Capital). La administración de los Distritos Metropolitanos se realizara atendiendo a las condiciones poblacionales, desarrollo conómico y social, según el Art. 72 CNRBV, las competencias metropolitanas serán asumidas por los órganos de gobierno del respectivo distrito metropolitano. 7. Administración Pública de los Municipios: La administración de los municipio corresponde al Alcalde, el control y vigilancia de de los ingresos y gastos corresponde al Contralor municipal, los cuales gozan de autonomía orgánica según la Ley Orgánica de Régimen Municipal, el poder legislativo, corresponde al concejo integrado por los concejales. Ministerio Ministro (a) Sitio web Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión de Gobierno Carlos Alberto Osorio Zambrano [1] Ministerio del Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno Carlos Alberto Osorio Zambrano [1] Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y paz carmen Teresa Meléndez Rivas10[2] Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores Delcy Eloina Rodríguez Gómezl 1 [3] Ministerio del Poder Popular para la Planificación Ricardo José Menéndez Prieto [4] Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Pública Rodolfo Clemente Marco Torres [5] Ministerio del Poder Popular para la Defensa Vladimir Padrino ?pez [6] Ministerio del Poder Popular para el Comercio Isabel Delgado [7] Ministerio del Poder Popular de Industrias José David Cabello [8] Ministerio del Poder Popular para el Turismo Andrés Izarra [9] Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras José Luis Berroterán [10] Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología Manuel Fernández Meléndez [1 1] Ministerio del Poder Popular para la Educación Héctor Rodríguez castro [1 2] Ministerio del Poder Popular para la Salud Nancy Pérez Sierra [13] Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo
Jesús Martínez [14] Ministerio del Poder Popular para Transporte Terrestre Haiman El Troudi [15] Ministerio del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo Giuseppe yoffreda [16] Ministerio del Poder Popular para Vivienda, Hábitat y Ecosocialismo Ricardo Antonio Molina Peñaloza [17] Ministerio del Poder Popular de Petróleo y MineríaAsdrúbal Chávez [1 8] Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información Jacqueline Faria12[19] Ministerio del Poder Popul munas y Movimientos Sociales Ellas Jaua Milano Alimentación Iván José Be11013 [21] Ministerio del Poder Popular para la Cultura Reinaldo Iturriza [22] Ministerio del Poder Popular para los Pueblos IndígenasAloha Núñez [23] Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género Andreina Tarazón [24] Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica Jesse Chacón [25] Ministerio del Poder Popular para la Juventud y DeportesAntonio Álvarez [26] Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario María Ins varela Rangel [27] VICEMINISTROS A continuación el listado completo de los nuevos viceministras y Ministerio para el Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno Viceministro de Agenda y Asesoría Presidencial, César Gabriel
Trompiz Cecconi Viceministra de la Suprema Felicidad Social del Pueblo, Carolina del Valle Cestari Vásquez Viceministro de Seguimiento e Inspección de la Gestión de Gobierno, Pedro Alfonso González Salmerón Ministerio para la Relaciones Interiores, Justicia y Paz Viceministro de Politica Int ‘dad Jurídica, José Vicente Rangel Ávalos Caribe, Verónica Valentina Guerrero Rodríguez Viceministro para Asia, Medio Oriente y Oceanía, Xoan Pablo Noya Alarcón Ministerio para la Economía, Finanzas y Banca Pública Viceministra de Finanzas, Dixorys Lourdes Cachima Castillo Viceministro de Hacienda y Presupuesto Público, Gustavo José Hernádez Jiménez Viceministro de Inversión para el Desarrollo, Simón Alejandro Zerpa Delgado Viceministro de Economía Estatal y Socialista, Rocco Albisinni Serrano Ministerio para la Planificación Viceministro para Planificación Territorial, Ramón Antonio Yánez Marro Viceministra para Planificación Estratégica y Poltica, Sheyla Esperanza Hernádez Lovera Viceministra para Planificación Social e Institucional, Nancy López Quevedo Viceministra para Planificación Económica, Beatriz Helena Bolívar Figuera Ministerio para la Defensa 0 DF Viceministro de Servicios, ística, César Alberto