ACTA DE ENTREGA DE INMUEBLE ARRENDADO

ACTA DE ENTREGA DE INMUEBLE EN TENENCIA En la ciudad de Bucaramanga, a los ( ) reunidos las partes, la señora ELVIA CECILIA OSORIO NIETO y la señora ISDARY ROJAS GAMBOA, en su carácter de TENEDORA y PROPIETARIA respectivamente, del inmueble de la referencia manifiestan lo siguiente: PRIMERO: Que las partes intervinientes de común acuerdo han dispuesto la entrega del inmueble ubicado en la Carrera 7 Occidente No 45-43 de la ciudad de Bucaramanga el cual posee la ser,ora ELVIA CECILIA OROSORIO NIETO en calidad e tenedora.

SEGUNDO: ISDARY ROJAS GAMBOA en sU calidad de PROPIETARIA recibirá el inmueble el dia 17 del mes Diciembre del arna 201 5, DE MANOS DE ELVIA CECILIA OROSORIO NIETO, quien se compromete a en TERCERO: Que la ent normales de uso y g según el inventario fi arrendamiento y que PACE 1 ora ez para esa fecha. en condiciones conservacion, o del contrato de UARTO: La señora Elvia Osorio, en su condición de TENEDORA, manifiesta que entrega a paz y salvo los recibos de servicios públicos que se ausen hasta la entrega efectlva y material del bien inmueble y que correspondan al consumo de realizados en las fechas en las que en las que hábito el inmueble.

QUINTA: ISDARY ROJAS GAMBOA manifie Swlpe to vlew next page manifiesta que la entrega obedece a que el inmueble de la referencia, lo tiene la señora ELVIA CECILIA OROSORIO NIETO en calidad de tenedora ilegitima, quien alega ser arrendataria, lo cual es desconocido por la PROPIETARIA, y que con el animo de no tener que acudir a un proceso de restitución de inmueble, e suscribe el presente acuerdo: 1) ELVIA CECILIA OROSORIO NIETO se obliga a entregar el bien inmueble en perfecto estado, es decir en las mismas condiciones que se lo entregó al inicio del contrato. ) Suscripción de compromiso con mérito ejecutivo, en caso de requerirse el pago de alguna obligación frente a terceros por concepto del contrato de arrendamiento. SEXTA: en caso de que se cumplan los presupuestos aquí establecidos, en cuanto a la materializaclón de la entrega LA PROPIETARIA se compromete no iniciar ningún tipo de acción ejecutiva en contra DE ELVIA CECILIA OROSORIO NIETO.

SÉPTIMO: CLAUSULA PENAL. En caso de mora o incumplimiento total de le entrega aquí acordada por parte de ELVIA CECILIA OROSORIO NIETO, se impondrá como sanción el pago correspondiente a la suma de dos millones de pesos ($2. 000. 000,00). Para constancia de lo aquí escrito, se firma en Bucaramanga, a los ( ARRENDADOR ISDARY ROJAS GAMBOA ARRENDADORA ELVIA OSORIO C. C. No. de Bucaramanga